Rendir cuentas un tutor sin factura

Rendir cuentas un tutor sin factura

Rendir cuentas un tutor sin factura: ¿puede hacerlo?, ¿qué sucede si no justifica un gasto con factura? ¿Puede cesarse al tutor?, ¿qué plazo tiene para justificar estos gastos? ¿Puede reclamarse al tutor los gastos no justificados en la rendición de cuentas? Todas las preguntas respecto este asunto, las resuelve Sara Benjelali González, abogada experta en Derecho de familia.

¿Puede el tutor rendir cuentas de una persona discapacitada sin factura?

La doctrina exige que la rendición de cuentas anual de una persona sometida a tutela o curatela, sea contable, rigurosa y se adjunten los justificantes que acrediten documentalmente las variaciones patrimoniales de la persona sometida a tutela o curatela.

La persona nombrada judicialmente como tutor o curador, tiene obligación legal de presentar la rendición de cuentas de forma anual al juzgado dentro de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio anual.

Sara Benjelali González, abogada experta en Derecho de familia.

Añadir que la rendición de cuentas incluye explicar la situación personal de la persona sometida a tutela o curatela.

¿Qué pasa si el tutor no justifica un gasto con factura cuando rinde cuentas?

Cuando una persona es nombrada tutora o curador de otra persona, se revisa el patrimonio de la persona sometida a tutela o curatela, de tal forma que al aceptar el cargo debe realizarse un inventario dentro de los 20 días a la aceptación del cargo, mientras ese tutor o curador se mantiene en el cargo debe rendir cuentas anualmente, dentro de los seis meses siguientes a la finalización el año, a fin de revisar el patrimonio y situación personal de la persona sometida a tutela o curatela.

Por último, si se cesa del cargo por cualquier motivo (remoción, fallecimiento de la persona sometida a tutela o curatela) debe hacerse lo que llamamos rendición final de cuentas dentro de los tres meses a contar desde el cese del cargo, plazo que puede ampliarse por causa justificada.

Y como he comentado en el apartado anterior, la rendición debe ser contable, rigurosa y con el soporte documental que acredite la variación patrimonial.

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¿Puede cesarse al tutor si no aporta facturas en la rendición de cuentas?

El incumplimiento del deber anual de rendir cuentas, por sí solo no justifica la remoción del cargo de tutor, pues el juez suele requerir y apercibir al tutor con imponer medidas coercitivas. En el supuesto de no responder a los requerimientos del juez, el tutor puede ser removido por el incumplimiento de las obligaciones que son propias del cargo.

¿Qué plazo tiene el tutor para justificar gastos sin factura en la rendición de cuentas?

La persona nombrada judicialmente como tutor o curador, tiene obligación legal de presentar la rendición de cuentas de forma anual al juzgado dentro de los seis meses siguientes a la finalización del ejercicio anual.

 ¿Puede reclamarse al tutor los gastos no justificados en la rendición de cuentas?

Un tutor o curador debe explicar al juzgado que lo nombró como tal la situación económica de la persona sometida a tutela o curatela, debiendo de acreditar y justificar documentalmente todos los cambios patrimoniales durante su administración ordinaria, lo que implica: ingresos, gastos que ha tenido etc., no hace falta presentar los recibos de comida por ejemplo siempre que dicha partida no sea excesiva, pero sí por ejemplo si se le ha comprado ropa, calzado, abonado dentista, gafas, etc., por lo que sí pueden reclamarle justifique los gastos que no haya justificado a requerimiento del juzgado.

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8 comentarios en “Rendir cuentas un tutor sin factura”

  1. Buenos días…he sido tutora de una tía mía durante cuatro años. Ha fallecido hace un mes. Ahora uno de los herederos me pide qe le dé el informe de mis rendimientos con el juzgado..tiene derecho a hacerlo? Gracias.

    1. Asunción Blanco Moya

      Como puedo pedir a mi hermana la rendición anual que hace al juez, pués ella es la tutora de mi madre,con mi conformidad ?
      Como puedo usar y disfrutar de las viviendas vacacionales de mi madre,está está tutelada por mi hermana.

      1. Sara Benjelali González

        Buenos días Asunción

        La rendición de cuentas ha de hacerla al juzgado, que es quien controla y fiscaliza. En principio, tú eres una persona externa y si el juzgado, no la ha requerido para aclarar alguna de las cuentas presentadas, se estiman que son correctas.

        Un saludo

  2. Antonia Córdoba

    Mi hermana tutela a mi madre,ella vive ya en una residencia asistida, la herencia en nuda propiedad las 3.
    No me informa de nada,alquileres de las casas,arreglos de las viviendas y terrenos,frutos de cosecha,uso de segunda y tercera vivienda,etc…
    Que puedo hacer ?
    Estuvimos de acuerdo en que ella fuese la tutora,pero no me informa,ni pide opinión,hace y deshace solo ella.

    1. Sara Benjelali González

      Hola Antonia

      La tutora legal es ella, y a quien debe dar explicaciones sobre el rendimiento del patrimonio y/o usufructo de tu madre es al Juzgado. Cuestión distinta es que moralmente, te informe o cuente contigo, pero no os pusisteis ambas como tutoras solidarias.

      Un saludo

  3. Muy interesante toda la información.
    Me gustaría saber cuando dices que hay un dinero, si no es excesivo, que puede no declararse, si es para comida.
    Yo soy la curadora de mi padre. Él está a 100 km de mi. Le doy a una persona de confianza unos 80 euros al mes y son eso le compra lo que necesite allí ( comida porque en la residencia comen fatal, le lleva fruta, dulces, etc) tengo miedo de que cuando rinda cuentas me multen pero no encuentro nada por escrito que me avale para hacerlo. ¿Cómo lo ves?
    Gracias

  4. Arturo Carrasco Lopez

    Buenos dias
    Durante 10 años soy tutor de mi hermana incapacitada. Todos los años remito informe de su estado en la residencia y fotocopias de la cartilla de ahorros respondiendome que todo es correcto. En 2021 y 2022 no me han respondido y la semana pasada me hacen un requerimiento para que justifique los gastos que figuren en los extractos bancarios. El problema es que no guardo ninguna factura porque los pagos los hago con mi tarjeta particular. Que ouedo hacer? Gracias y un saludo

  5. Buenas tardes:
    Mi pregunta es:
    mi madre está en residencia con tutor mi hermano. Según el, dice que los gastos de la vivienda ( que esta cerrada) los debemos pagar los hijos, ya que a mi madre no le queda dinero.. coge la residencia su pensión. El tutor se niega a dar explicaciones.. solo exige dinero. Mi pregunta es: tenemos obligación los hijos de pagar los gastos de la vivienda propiedad de mi madre?
    Puede el tutor solicitar un sueldo por el puesto de «tutor»??
    Muchas gracias. Un saludo.

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