¿Cómo reclamar ante un peritaje con siniestro?

¿Cómo reclamar ante un peritaje con siniestro?

¿Cómo reclamar ante un peritaje con siniestro? ¿Cuándo se considera a un vehículo que está siniestro? ¿Quién se encarga de los peritajes de un vehículo siniestrado? ¿Cómo se da de baja a un vehículo siniestrado? ¿Qué hacer si no estoy conforme con el peritaje del vehículo siniestrado? La abogada experta en Derecho del tráfico vial Marina Concepción Couselo Filgueira responde a todas estas dudas.

¿Cuándo se considera que un vehículo está siniestro?

Tras un accidente importante, es muy posible que nuestro vehículo sea declarado siniestro total, y esto ocurrirá cuando el coste de la reparación sea superior al valor de compra de otro coche de iguales o similares características, es lo que se denomina valor de mercado.

También puede considerarse siniestro total cuando el vehículo fue robado y no aparece, o si aparece pero con daños muy importantes, y lo mismo ocurre si sufre un incendio y queda completamente calcinado.

Si no tenemos contratados los daños propios, o en el caso de que el culpable del accidente sea otro vehículo, va a ser el perito de la compañía culpable la que valore nuestros daños, determine si hay siniestro total y, en caso afirmativo, valore la indemnización que nos corresponde, que deberá coincidir con lo que nos va a costar comprar otro coche igual o similar al que teníamos.

Marina Concepción Couselo Filgueira, abogada experta en Derecho del tráfico vial.

Lo que debemos saber es que si el coche tiene daños muy importantes y su reparación supera el valor de compra de otro igual o similar, se considerará siniestro total.

 Las aseguradoras suelen concretar en la póliza de seguro cuando van a declarar un vehículo siniestro total, y lo normal es que ocurra así cuando el valor de reparación supere el 75%-80%-90%-100% del valor del propio coche, de modo que, si tenemos contratado un seguro de daños propios, tenemos que saber que la propia póliza define el siniestro total y hemos de ceñirnos a esa definición.      

¿Quién se encarga del peritaje de vehículos siniestrados?

Si tenemos contratada una póliza de seguro que cubra los daños propios, lo que solemos llamar el seguro a todo riesgo, va a ser el perito de la compañía el que se encargue de realizar el peritaje del vehículo, para valorar el coste de la reparación y determinar si hay siniestro total o no y concrete la indemnización que nos corresponde.

Si no tenemos contratados los daños propios, o en el caso de que el culpable del accidente sea otro vehículo, va a ser el perito de la compañía culpable la que valore nuestros daños, determine si hay siniestro total y, en caso afirmativo, valore la indemnización que nos corresponde, que deberá coincidir con lo que nos va a costar comprar otro coche igual o similar al que teníamos.

¿Y si no tengo seguro a todo riesgo?

Pero es importante saber que hay convenios entre muchas compañías aseguradoras y, aunque no tengamos seguro a todo riesgo y el culpable del accidente sea otro vehículo, es muy posible que nuestra propia compañía sea la que se encargue de valorar los daños de nuestro coche.

Esto da lugar a confusión muchas veces entre los perjudicados por el accidente, porque no comprenden por qué su propia compañía es la que realiza el peritaje del vehículo y les ofrece la indemnización. Y, en la mayoría de los casos, el peritaje es muy por debajo de lo que es el valor de mercado del coche siniestrado, de lo que realmente les corresponde. En estos casos, debemos saber que nuestra compañía es la que se encarga del peritaje y de ofrecer la indemnización, pero, si no estamos de acuerdo con la oferta, tenemos que reclamar judicialmente al responsable del accidente.

No hay que dudar en ponerse en manos de un abogado experto para que resuelva esta situación, reclamando vía judicial al responsable del accidente toda la indemnización que realmente nos corresponde.

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¿Cómo dar de baja un vehículo con siniestro total?

Hay que contactar con un Centro Automatizado de Tratamiento (CAT), y se encarga de recoger los restos del vehículo, deshacerse de él y gestionar la baja en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y, normalmente, no tiene coste económico para el propietario del vehículo. Tras reciclar los restos del vehículo, el CAT entregará el certificado de destrucción, y es importante presentarlo en el Ayuntamiento para que no siga pasando el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

La documentación que hay que va a pedir el CAT para hacer el trámite es:

  • DNI del titular del coche, o documento que acredite su identidad en caso de que sea una persona extranjera.
  • La ficha técnica y el permiso de circulación del vehículo.

También interesa presentar el certificado de destrucción que nos entregará el CAT a la aseguradora del coche y dar de baja el seguro. Además, podemos reclamar a la aseguradora que nos devuelva la parte proporcional de la prima de la póliza que hemos pagado y que no vamos a disfrutar por no existir ya el vehículo, es lo que se llama “extorno”.

La normativa acerca de las obligaciones de la entrega y recogida de los vehículos para su tratamiento, documentación, etc., está contenida en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, publicado en el BOE N.º 89, de 14/04/2021.

¿Qué hacer si no estoy conforme con el peritaje del vehículo siniestrado?

Es muy común que el peritaje del vehículo sea inferior a la indemnización que realmente le corresponde al perjudicado. Lo primero que hemos de hacer es asesorarse con un abogado especializado para tener conocimiento de cuál sería el importe correcto de la peritación y que nos informe acerca de la viabilidad de plantear una reclamación a la compañía que nos debe indemnizar.  

En nuestro despacho contamos con la colaboración de peritos expertos en esta materia, y sabemos desde el primer momento si el peritaje efectuado por la aseguradora es correcto o se puede mejorar, de modo que el cliente tiene conocimiento exacto del importe máximo al que tiene derecho y que puede reclamar.

El 90% de los casos que tramitamos en nuestro despacho, el peritaje de la aseguradora es inferior al valor real del vehículo y, tras hacer una reclamación extrajudicial a la aseguradora solicitando el incremento del valor del peritaje, aumenta la oferta de indemnización en un 30% de los casos, y logramos así dar una solución rápida al problema, sin tener que reclamar por la vía judicial.

Pero si la reclamación extrajudicial no surte efectos y consideramos viable reclamar judicialmente, siempre hemos obtenido una mejora de la indemnización a través del Juzgado.

Por ello, examinamos cada caso con sus particularidades para valorar si es posible el éxito de la reclamación judicial.

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