Reclamar indemnización por accidente de autobús

Reclamar indemnización por accidente de autobús

Tipos de accidente que se pueden sufrir en un autobús. ¿Cómo se solicita la indemnización por accidente en el autobús público? Pongamos que la responsabilidad es del conductor del autobús público, ¿qué pasos tengo que dar? ¿Y si es un autobús de una empresa privada? ¿Pueden negarse las aseguradoras a indemnizarnos? Casos de ejemplo de indemnizaciones concedidas y denegadas por accidente en autobús. Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en derecho del tráfico vial, Sebastián Montilla Castro te da la respuesta y ofrece su asistencia.

Tipos de accidente que se pueden sufrir en un autobús

Lo más importante a efectos de indemnización o a efectos de responsabilidad civil o de la indemnización que le pueda corresponder a una persona que sufre una accidente, tenemos que distinguir esencialmente quién es el responsable del accidente.

El transporte público, e incluso privado normalmente está amparado por el seguro de transporte; el seguro de viajeros. Este es un seguro específico que tienen los transportes públicos o privados y con unas garantías concretas, sobre todo de tratamiento sanitario. Entonces, si es un accidente que se produce por causa objetiva o una avería del autobús, o un pinchazo, una salida de la vía, etcétera, en principio, ese seguro tendría que cubrirlo según las contingencias que estuvieran aseguradas.

Pero luego, igual que cualquier otro transporte o vehículo a motor, está sometido al seguro obligatorio de los vehículos a motor y eso significa que si se devenga en el accidente una responsabilidad civil, porque ha habido una culpa o negligencia por parte bien del conductor del autobús o bien de un tercero, se activan exactamente igual que en cualquier otro tipo de accidente de tráfico, estas pólizas de responsabilidad civil.  

¿Cómo se solicita la indemnización por accidente en el autobús público?

Lo que va a ser determinante es ver si existe o quién es el responsable del accidente.

Una cosa muy típica hoy en un bus público es que el conductor arranca inopinadamente o frena bruscamente cuando el pasajero que se acaba de subir al autobús todavía no ha tomado asiento y entonces, como consecuencia de esa maniobra brusca, cae al suelo. En este caso, habrá que ver si este frenazo o esta maniobra brusca es causada  por una impericia del conductor o por un vehículo tercero que ha obligado al conductor del autobús a maniobrar de esta manera forzosa. Es muy importante saber quién es el responsable del siniestro y por qué se ha producido el siniestro. Y según quién sea el responsable, nos tendremos que dirigir lógicamente a la compañía aseguradora que ampare a ese responsable, iniciando como, en cualquier otro caso, por poner de manifiesto el siniestro y las consecuencias del mismo, sobre todo si se trata de lesiones corporales. 

Pongamos que la responsabilidad es del conductor del autobús público, ¿qué pasos tengo que dar?

Hay que ponerlo en manifiesto: hay que ponerlo también en la reclamación a la propia empresa que está realizando el servicio de transporte público para una determinada localidad y ellos mismos nos facilitarán las compañías de seguros o la compañía de seguros que cubre las contingencias como la que ocurre.

Algunas veces será el propio seguro de viajeros y otras veces será el propio seguro de responsabilidad civil, si podemos determinar que la conducta del conductor efectivamente ha sido negligente, o por la que quepa reclamarle una responsabilidad civil

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¿Y si es un autobús de una empresa privada?

En principio, es lo mismo. No hay diferencia, porque, además, en la inmensa mayoría de las ocasiones, aunque sea un autobús público, normalmente este servicio está subcontratado. Son empresas que realizan, por una contratación con el ayuntamiento correspondiente, el servicio de transporte público por autobús. 

¿Pueden negarse las aseguradoras a indemnizarnos?

Siempre se pueden negar. El tema está en que, en la medida que nosotros acreditemos, que se ha producido un perjuicio como consecuencia de una responsabilidad civil, tendrán que apechugar con esas consecuencias, toda vez que en nuestro sistema jurídico rige el principio de restitución íntegra y esto significa que cualquier persona tiene derecho a ser indemnizada como consecuencia de un perjuicio que ha sufrido por una acción u omisión culposa o dolosa realizada por un tercero y tiene que derecho a ser indemnizada en la medida en que lo coloque en una situación lo más parecida posible a la que tenía antes de producirse el siniestro o este acto u omisión. 

Casos de ejemplo de indemnizaciones concedidas y denegadas por accidente en autobús. 

Ejemplo:

Alguna vez es complicado determinar quién es el responsable en un accidente que se produce en el tráfico urbano, con un autobús que se ve obligado muchas veces a realizar maniobras un poco bruscas por las propias circunstancias del tráfico. Las consecuencias que tiene una maniobra brusca de un conductor, que a lo mejor ha obrado perfectamente para evitar un accidente mayor, muchas veces se producen en un contexto de tráfico y no se quedan, ni se paran los vehículos, ni se intercambian los datos, con lo cual, a lo mejor quien ha provocado esa maniobra brusca desaparece y al final no hay nadie a quien achacar la responsabilidad.

En estos casos, muchas veces la empresa que suministra el servicio de transporte público normalmente rechaza todo tipo de responsabilidad y la víctima se ve obligada a tirar del seguro de viajeros, que es un seguro objetivo y que cubre simplemente determinadas contingencias por el simple hecho de estar utilizando un transporte público como es el autobús, con independencia de las causas que hayan producido las lesiones. 

En otros casos se identifica claramente cuál es el responsable del accidente o del siniestro y se dirige la acción reclamatoria frente a la compañía aseguradora del vehículo que ha causado el accidente y al igual que en cualquier otro caso, se logra la indemnización que corresponda al perjuicio verdaderamente sufrido por la víctima del siniestro de tráfico. 

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