Indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico

Indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico

Indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico: ¿Qué se consideran secuelas tras un accidente de tráfico? ¿Cuáles son los tipos de secuelas tras un accidente de tráfico? ¿Cómo calcular las secuelas tras un accidente de tráfico? ¿De cuánto es la indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico? ¿Cómo reclamar la indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico? En este nuevo artículo de Francisco Rodríguez Ferrera, el abogado experto en Derecho del Tráfico Vial, da la respuesta a todas estas preguntas.

¿Qué se consideran secuelas tras un accidente de tráfico?

En el Art. 93.1 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, se realiza una definición de Secuelas como “las deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos que derivan de una lesión y permanecen una vez finalizado el proceso de curación”.

Es decir, son secuelas los perjuicios físicos, psíquicos, o estéticos que permanecen en el lesionado una vez finalizado el tratamiento médico, constituyéndose como un perjuicio que permanecerá en el tiempo.

Tipos de secuelas

Básicamente, las secuelas se pueden englobar en tres grupos:

  • Las psicofísicas, que son aquellas que afectan a la movilidad o capacidad funcional del lesionado. Por ejemplo, los dolores o algias postraumáticas, las limitaciones de movilidad, o incluso la pérdida de algún miembro.
  • Las psíquicas, que son aquellas que afectan a la esfera mental o afectiva del lesionado. Por ejemplo, los trastornos permanentes de humor, los trastornos cognitivos, o el estrés postraumático.
  • Y las estéticas, que son aquellas que afectan a la imagen de la persona afectada. Por ejemplo, las cicatrices, las quemaduras, o incluso la cojera en la deambulación.  

¿Cómo calcular las secuelas tras un accidente de tráfico?

Para el cálculo de las secuelas es importante contar con el asesoramiento de un médico experto en la valoración del daño corporal, ya que será preciso individualizar cada una de las secuelas que presente el lesionado, así como concretar el grado de importancia de la misma.

Dentro de cada secuela, el baremo normalmente establece una horquilla con un mínimo y un máximo, dentro del que se deberá concretar el grado concreto de valoración que se le da a cada secuela.

El cuadro médico de secuelas se contempla en la Tabla 2.A.1 de la Ley 35/2015 antes citada, y en la citada Tabla se contienen todas y cada una de las posibles secuelas que pueden restar a un lesionado tras sufrir un accidente de tráfico.

CONTACTO

Contacta con el abogado

¿De cuánto es la indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico?

Como decíamos en el apartado anterior, la determinación de la secuela y su ponderación dentro de la horquilla correspondiente se realiza por el médico valorador. 

La Ley 35/2015 contempla un triple perjuicio por secuelas:

  1. Un perjuicio personal básico, que es el que corresponde a cualquier persona a la que le resten secuelas como consecuencia de un accidente de tráfico. Ese perjuicio se contempla en la Tabla 2.A.2 de la citada Ley, y se valora en función de la puntuación de Secuelas y la edad del lesionado, de tal forma que a mayor importancia de secuelas la indemnización será mayor, e igualmente a menor edad del lesionado la valoración de las secuelas será mayor, por cuanto el perjuicio va a perdurar en el perjudicado durante un mayor periodo de tiempo.

La valoración de las secuelas psicofísicas se realiza por un lado, y la de las secuelas estéticas se realiza por otro lado, sumándose el resultado de cada una para conocer el valor total de la indemnización correspondiente por secuelas.

  1. Un perjuicio personal particular, que es independiente del anterior y que contempla una indemnización superior para determinados supuestos, como cuando las secuelas alcancen una valoración superior a 80 puntos, la pérdida de calidad de vida que provocan las secuelas como consecuencia de actividades que antes del accidente se podían realizar (deporte, ocio, trabajo, etc).
  2. Un perjuicio patrimonial, que es el que deriva de la necesidad de asistencia sanitaria futura, o prótesis que sean necesario sustituir cada cierto tiempo, ayudas de terceras personas, etc.

Las tablas de valoración de las secuelas se actualizan anualmente conforme a los incrementos del IPC.

¿Cómo reclamar la indemnización por las secuelas tras un accidente de tráfico?

La reclamación por secuelas por accidente de tráfico deberá realizarse directamente a la Entidad Aseguradora del vehículo responsable del accidente.

Para ello existe un plazo de un año desde la fecha en la que se produce la estabilización de las lesiones o finalización del periodo de curación. Ese plazo de un año es de prescripción, y se establece en el Art. 1.968.2 del Código Civil. Quiere ello decir, que si en ese plazo no se ha realizado la reclamación, la acción para la reclamación quedaría prescrita, o lo que es lo mismo, se perdería la posibilidad de reclamar, por lo que es importante asesorarse con un Letrado experto en responsabilidad civil y seguro, a efectos de no dejar pasar ese plazo.

Además, esa reclamación inicial tiene su importancia, porque a partir de ella, la entidad aseguradora tendrá un plazo de tres meses para realizar oferta de pago o justificar el motivo por el que no se realiza tal oferta.

¿Quiere contactar con el experto en Derecho del Tráfico Vial, Francisco Rodríguez Ferrera? Solicitar llamada.

Quizás también te interese:

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida

Reclamación de daños materiales tras un accidente de tráfico

Daños personales accidente tráfico

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *