Indemnización por baja médica tras accidente de tráfico

Indemnización por baja médica tras accidente de tráfico

Indemnización por baja médica tras accidente de tráfico: ¿Cuándo se debe solicitar la baja médica? ¿Cuánto se cobra de indemnización? ¿Cómo reclamar este tipo de indemnización y quién la paga? ¿Cuánto tiempo se puede estar de baja por accidente de tráfico? Carlos Bosch Antonin, abogado experto en Derecho del trafico vial, responde a continuación las preguntas más buscadas sobre este tema en el último mes.

¿Cuándo se debe solicitar la baja médica tras un accidente de tráfico?

Cuando tras un accidente de tráfico se producen lesiones, automáticamente nos encontramos en situación de “baja”

Es importante señalar que “de baja” por lesión puede estar todo el mundo: desde el bebé hasta el jubilado, pasando por el estudiante, el parado o la persona dedicada a las tareas del hogar.

El período de baja es aquel que transcurre desde que se produce el accidente y hasta que la lesión se estabiliza, ya sea porque ha curado o porque se ha convertido en secuela. 

Este concepto viene recogido en el artículo 134.1 de la Ley 35/2015.

No hay que confundir la baja médica con la baja “legal”.

Hay personas que, tras la producción de un accidente, no vuelven a trabajar nunca más, y en cambio a efectos del cómputo de su indemnización, han sido dados de alta.

Pensemos en un tetrapléjico (persona que entre otras lesiones pierde la posibilidad de mover las cuatro extremidades). Nunca vuelve a trabajar, pero a los 12 o 15 meses se le suele dar de alta desde el punto de vista médico legal.

Es cuando la recuperación ha llegado a su límite. 

Lo que sí se indemniza después es el estado secuelar y sus consecuencias en todos los ámbitos (económico, patrimonial, incluso de familiares, etc), pero no se indemniza con cargo al seguro del automóvil más tiempo de baja.

Percibirá, si tiene derecho a ella, la prestación de la Seguridad Social o la Mutua que corresponda, pero no con cargo al seguro del causante.

¿Cuánto se cobra de indemnización por baja médica tras un accidente de tráfico?

Como hemos visto, el período de baja es aquel que transcurre desde que se produce el accidente y hasta que la lesión se estabiliza.

Esos días pueden ser de cuatro tipos, en función de las limitaciones en las actividades que no se puedan realizar, y así lo define la Ley 35/2015 en su artículo 138, al definir los grados del perjuicio personal por pérdida de calidad de vida.

Son días de perjuicio muy grave aquellos en que el lesionado pierde la capacidad de realizar la práctica totalidad de las actividades esenciales de la vida ordinaria. La ley pone como ejemplo de la situación la estancia en UCI.

Considera graves los días en que se pierde la capacidad de realizar una parte importante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de las específicas de desarrollo personal. El ejemplo en este caso es el de la hospitalización.

Tienen el carácter de días de perjuicio moderado aquellos en que se pierde la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de las actividades específicas de desarrollo personal. La Ley está pensando en los días de baja laboral.

Finalmente, existen los días de perjuicio básico, que son aquellos en los que hay baja médica (se está siguiendo un tratamiento médico), pero no hay ingreso hospitalario ni baja laboral.

Es importante definir, porque nos hemos referido a ellas, qué son las actividades básicas de la vida diaria.

El concepto está recogido en el artículo 51 de la Ley 35/2015, y son lo que su mismo nombre indica: comer, beber, asearse, vestirse, sentarse, levantarse, manejar dispositivos, tomar decisiones, etc. En definitiva, lo que hacemos todos cada día.

Lógicamente, cuanta mayor es la limitación, mayor es la indemnización que se abona por día. Esta indemnización varía año a año, pues se incrementa según el IPC, pero el cambio no es muy significativo.

Para hacernos a una idea, en el año 2016, con la entrada en vigor de la Ley, la indemnización de un día muy grave (estancia en UCI), se pagaba a razón de 100 €/día. En el año 2022 esa misma estancia en UCI se indemnizaba a 109,70 €/día.

En seis años no se ha aumentado ni un 10%.

El baremo para el año 2022 es el siguiente:

  • Días de perjuicio muy grave, 109,70 €/día.
  • Días de perjuicio grave, 82,28 €/día
  • Días de perjuicio moderado, 57,04 €/día, y
  • Días de perjuicio básico, 32,91 €/día.
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¿Quién paga la baja médica por accidente de tráfico?

Hemos visto que el período de baja es aquel que transcurre desde la producción del accidente hasta que la lesión se estabiliza, y hemos visto también que, además del perjuicio básico que supone estar de baja, puede darse un perjuicio complementario en función de que el perjuicio ocasionado sea moderado, grave o muy grave.

Esta situación genera el derecho a una indemnización, que es abonada por la aseguradora del vehículo causante del accidente. 

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando hay una colisión de vehículos y no se sabe cuál de los dos es el causante del accidente? ¿Quién paga, si es que alguien lo hace, la indemnización por la baja de los lesionados?

Hay que distinguir entre el lesionado conductor y el pasajero.

Si realmente no es posible saber cuál de los dos conductores es el culpable del accidente (imaginemos un accidente de un cruce regulado por semáforos, en el que ambos conductores afirman haber pasado el suyo en verdad), los pasajeros no conductores tienen derecho a reclamar su indemnización a la aseguradora del vehículo contrario, a la del propio o a ambas conjuntamente.

No se trata de cobrar dos veces, sino que la indemnización total puede ser pagada por una, por la otra o por ambas. Generalmente, las aseguradoras propondrán esta última solución.

¿Y el conductor? Pues en aplicación del artículo 1 de la Ley 35/2015, que establece la responsabilidad del conductor de un vehículo a motor por los daños personales que ocasione, el conductor tiene derecho a cobrar su indemnización de la aseguradora contraria.

La indemnización que se acredita comprende no sólo el perjuicio moral (en sus cuatro grados de básico, moderado, grave y muy grave), sino también el lucro cesante, es decir, los perjuicios económicos derivados de la pérdida o disminución de ingresos que la baja genera, y los gastos ocasionados.

¿Cómo reclamar una indemnización por baja médica tras sufrir un accidente de tráfico?

Para reclamar la indemnización por baja es necesario acreditarla. Lo primero es comprobar que a raíz del accidente han habido lesiones. Para ello es necesario que haya un Parte de Asistencia Médica dentro del plazo de los TRES DÍAS  posteriores al accidente.

Es decir, tenemos que acudir al Hospital o al Centro de Asistencia en el plazo de 72 horas, pues en caso contrario la aseguradora negara que el accidente haya ocasionado lesión alguna.

Si la lesión nos impide trabajar, hay que pedir la baja laboral. Si nos encontramos en situación de desempleo, igualmente hay que pedir la baja laboral. Pese a lo que pueda parecer, no se trata de un contrasentido: estando en situación de desempleo o paro se nos puede convocar para hacer cursos o entrevistas de trabajo.

Mayor dificultad tendrán para acreditar que el perjuicio sufrido durante la baja aquellas personas que no están en edad laboral, o se dedican a las tareas domésticas. Necesitarán que un perito médico les reconozca que se encuentran en esa situación.

¿Cuánto tiempo se puede estar de baja por accidente de tráfico?

Tal y como hemos repetido en diversas ocasiones a lo largo de este artículo, el período de baja es aquel que transcurre desde el día en que se produce el accidente y hasta que se alcanza la curación o la lesión se convierte en secuela por su estabilización.

Actualmente, no hay un límite temporal; se puede estar de baja (se tiene que estar de baja) el tiempo necesario hasta que la lesión deja de evolucionar. 

Pero eso no significa que, tras la estabilización, se vuelva a trabajar.

Puede ocurrir perfectamente que tras el accidente el lesionado quede en una situación tal que no puede volver a desarrollar su trabajo (incapacidad total), ningún trabajo (incapacidad absoluta), o que precise incluso de la ayuda de terceras personas para las actividades básicas de la vida diaria (gran invalidez).

En cualquiera de los casos anteriores, habrá llegado un momento en que la lesión ha dejado de evolucionar, y se considera al lesionado de alta, cerrándose el período de sanidad, y abriéndose el capítulo de las secuelas.

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