Dorsalgia postraumática por accidente de tráfico ¿Cómo se prueba que tienes una dorsalgia postraumática? ¿Cómo se reclama la indemnización por dorsalgia a la aseguradora? ¿Cual es la postura de las aseguradoras ante este tipo de lesiones por accidentes de tráfico? Errores a evitar si quieres conseguir la indemnización por dorsalgia ¿Que vamos a hacer para que consigas tu indemnización? No esperes más y adéntrate en nuestro completo artículo sobre indemnización por dorsalgia por accidente de tráfico. Obtén la información necesaria para proteger tus derechos y tomar las medidas adecuadas en busca de la compensación que te corresponde. Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en derecho del tráfico vial, Eduard Tortajada Cervantes, te da la respuesta y ofrece su asistencia.
Dorsalgia postraumática por accidente de tráfico. Síntomas:
Si has tenido un accidente de circulación y tu vehículo ha sido colisionado por alcance, es muy posible que, a las pocas horas, o al día siguiente, empieces a notar un dolor de espalda que puede llegar a ser muy molesto y doloroso.
La dorsalgia no es más que un dolor en la zona de la columna vertebral llamada dorsal, situada entre la zona cervical y la zona lumbar de la espalda, y es la zona más rígida de la columna.
El accidente de tráfico es una de las causas más comunes de la dorsalgia, que junto con la cervicalgia (latigazo o esguince cervical), son las lesiones más frecuentes que se pueden sufrir tras un accidente de tráfico.
Los síntomas más frecuentes de una dorsalgia son los siguientes: un dolor agudo en uno de los lados de la espalda, un dolor al mover la columna, una sensación de hormigueo en la espalda, y en algunos casos, un dolor también al hacer una respiración profunda.
También es posible, sobre todo cuando los síntomas de la dorsalgia no desaparecen, que puedan darse otros de tipo psicológico derivados de esta lesión, como el estrés postraumático.
El proceso de recuperación suele durar entre uno y seis meses, aunque en algunos casos puede alargarse más, y si no se logra una total curación de la lesión pueden quedar secuelas permanentes.
¿Cómo se prueba que tienes una dorsalgia postraumática?
En el momento de sufrir el accidente es normal que algunos de estos síntomas no se aprecien, sin embargo, con el paso de las horas empezarán las molestias. Recuerda que es muy importante para poder relacionar la dorsalgia con el accidente que acudas a un centro médico lo antes posible, y siempre dentro de las 72 horas después de haber tenido la colisión.
Para probar que la dorsalgia deriva del accidente de circulación, lo primero que necesitas es el informe médico de urgencias en el que venga diagnosticada dicha lesión. Pero eso no es todo, hay que valorar su gravedad, y para ello es fundamental, tras el proceso de curación, poder disponer de un informe médico pericial que pueda dar credibilidad a esta lesión.
En caso de tener que reclamar las lesiones sufridas por un accidente de circulación por la vía judicial, junto con la demanda, deberíamos aportar un dictamen médico pericial en el que el perito habrá comprobado previamente, tras la anamnesis al lesionado y los informes médicos aportados, si las lesiones son compatibles con la colisión sufrida y si se cumple el nexo de causalidad entre dichas lesiones y la mecánica del accidente.
¿Cómo se reclama la indemnización por dorsalgia a la aseguradora?
Hemos de distinguir la indemnización que te corresponde por los días de curación de la lesión, de la indemnización que te puede corresponder por las secuelas derivadas de la dorsalgia, para ello es fundamental poder contar con la asistencia un abogado especialista en este tipo de accidentes, que se encargará de efectuar la oportuna reclamación a la compañía aseguradora causante del accidente teniendo en cuenta los plazos y los requisitos que la ley establece.
A) Indemnización por los días de curación de la dorsalgia postraumática
La indemnización variará en función de la gravedad de la dorsalgia que hayas sufrido, y en función de si has tenido que solicitar la baja laboral o no.
La indemnización que te corresponde se calcula por el tiempo transcurrido entre el día que tuviste el accidente y el día en que cursaste alta médica o se estabilizaron tus lesiones. Los días se indemnizan de la siguiente manera (cálculo para el año 2023):
· Días de perjuicio muy grave: asimilable a ingreso en una unidad de cuidados intensivos (UCI): 119,03€ por día.
· Días de perjuicio grave: asimilable a la estancia en un hospital: 89,27€ por día.
· Días de perjuicio moderado: el lesionado está incapacitado para llevar a cabo su actividad habitual, por ejemplo, sin poder ir a trabajar, pero sin estar hospitalizado: 61,89€ por día.
· Días de perjuicio básico: el resto de los días de curación hasta el alta médica, por ejemplo cuando estás yendo a rehabilitación: 35,71€ por día.
B) Indemnización por secuelas de la dorsalgia postraumática
Las secuelas son aquellas lesiones que no se llegan a curar tras el alta médica y que persisten con el paso del tiempo, hay que valorarlas según un baremo que se ha creado para este fin. A cada secuela se le asigna un determinado número de puntos en función de su gravedad, por lo que es fundamental poder disponer de un buen dictamen médico para hacer una justa valoración.
¿Cual es la postura de las aseguradoras ante este tipo de lesiones por accidentes de tráfico?
El Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, determina en su artículo 135 los requisitos o criterios que han de cumplirse para que puedas percibir una indemnización por un accidente en el que te hayan diagnosticado una dorsalgia: de exclusión, cronológico, topográfico, y de intensidad. Además, las secuelas que se reclamen sólo se indemnizarán si un informe médico acredita su existencia.
La ley intenta evitar que tras el accidente de tráfico puedas simular una lesión cervical o dorsal con la finalidad de conseguir una buena indemnización, teniendo en cuenta que muchas veces es difícil poder diagnosticar de una manera objetiva este tipo de lesiones, de ahí que se establezcan estos cuatro criterios que serán los que tendrán en cuenta las compañías aseguradoras para poder valorar si las lesiones y secuelas que se reclaman cumplen estos criterios establecidos por la ley.
La compañía aseguradora te puede negar una oferta de indemnización si entiende que no se cumplen alguno o algunos de estos criterios:
• Si la compañía entiende que no queda debidamente acreditada la lesión reclamada al existir una patología previa en el lesionado/a que determine que la lesión era anterior al accidente y no causado por éste. En este caso te alegarán una falta de nexo causal al no cumplirse el denominado criterio de exclusión
• Si no puedes probar que has recibido atención médica dentro de las 72 horas posteriores al accidente. En este caso la compañía te alegará una falta de nexo causal al no cumplirse el denominado criterio cronológico.
• Si la compañía entiende que no hay una clara relación entre la zona en que se ha producido la lesión y el tipo de lesión que has sufrido a consecuencia del accidente. En este caso la compañía te alegará una falta de nexo causal al no cumplirse el denominado criterio topográfico.
• Si la compañía entiende que no queda debidamente acreditada la lesión reclamada con los daños materiales sufridos en los vehículos implicados En este caso te alegarán una falta de nexo causal al no cumplirse el denominado criterio de intensidad. Este criterio es uno de los más utilizados por las compañías, y tiene su base en los informes biomecánicos, que se encargan de valorar si las lesiones que se reclaman guardan o no relación con los daños materiales que presentan los vehículos implicados en el accidente.
Ante estas situaciones es muy aconsejable que el lesionado esté bien asesorado a través de un profesional experto en esta materia.
Errores a evitar si quieres conseguir la indemnización por dorsalgia
· No disponer de una prueba pericial médica
Si pretendes reclamar una indemnización en la que se te ha causado una dorsalgia, debes evitar reclamar sin disponer de una buena prueba pericial médica que te valore las lesiones que has sufrido tras el accidente. Ello te ahorrará muchos dolores de cabeza. Ya hemos visto que la ley regula de una manera muy clara las indemnizaciones a percibir derivadas de un accidente de tráfico en el que has sufrido una dorsalgia. Recuerda que no todas las lesiones son indemnizables, ni tampoco todas las secuelas. Si quieres que la compañía aseguradora obligada al pago te valore la indemnización que te corresponde percibir como víctima, necesitas de una prueba pericial médica independiente que te ayudará a acreditar la existencia de esas lesiones a reclamar. Incluso en un eventual juicio, esta prueba será fundamental para poder demostrar las lesiones que has sufrido tras el accidente.
· No disponer de una prueba pericial biomecánica
También te puede ayudar el poder disponer de un informe biomecánico. Esta prueba servirá para evidenciar la relación de causalidad entre el siniestro y las lesiones de la víctima. En este informe se valoran diversos parámetros con relación a los vehículos implicados en el accidente con la finalidad de poder valorar la incidencia de la colisión en los ocupantes del vehículo: los daños que se han causado, la velocidad en el momento de la colisión, la masa de los vehículos, entre otros factores.
· No disponer de toda la prueba documental
La indemnización por accidente de tráfico dependerá en gran medida de los informes médicos que pueda aportar el lesionado en su reclamación a la compañía aseguradora. Es un error muy común no facilitar a la compañía toda la documentación médica del lesionado alegando que el centro médico donde el lesionado ha seguido su proceso de recuperación, no se la ha proporcionado. Para hacer una reclamación hay que aportar toda la documentación médica del siniestro, y si no se dispone de ella, hay que acudir a los distintos centros médicos dónde ha sido tratado el lesionado para que éstos faciliten todos los informes del accidente.
¿Que vamos a hacer para que consigas tu indemnización?
Somos abogados especialistas en accidentes de tráfico, por lo que es muy importante que en estos casos estés debidamente asesorado por un experto en la materia a fin de poder reclamar la máxima indemnización.
Recuerda que un profesional experto en la materia te puede efectuar aquella reclamación que más se ajuste a tus necesidades, y aquí te podemos ayudar.
En nuestro despacho llevamos muchos años efectuando reclamaciones derivadas de accidentes en los que se causan lesiones de las denominadas “dorsalgias” y que a menudo no son indemnizadas según los daños y perjuicios reales sufridos.
Casos de ejemplo de dorsalgias por accidentes de tráfico
Ejemplo de indemnización por dorsalgia:
María García, de 21 años, circulaba correctamente con su vehículo por la autopista, cuando en un momento dado, al detenerse por imperativos del tráfico, fue colisionada en la zona trasera por otro vehículo, cuyo conductor circulaba a alta velocidad y no pudo detenerse a tiempo. A consecuencia del accidente, María sufrió diversas lesiones por las que fue asistida el mismo día en el servicio de urgencias del hospital, diagnosticándose una dorsalgia postraumática. Tras un periodo de curación de 90 días, de los cuales 60 días estuvo impedida para llevar a cabo sus actividades habituales, fue dada de alta médica con importantes molestias en la zona dorsal. María estuvo haciendo varias sesiones de rehabilitación funcional durante el periodo de baja a través de un fisioterapeuta al que le pagó 450 euros. También se gastó 75 euros en medicamentos.
Se efectuó reclamación en base a un informe médico pericial, que acreditó el nexo causal entre las lesiones reclamadas y el accidente.
La indemnización que le correspondió a María fue la siguiente (para el año 2023):
- 60 días de perjuicio personal de carácter moderado x 61,89€ = 3.713,40€
- 30 días de perjuicio personal básico x 35,71€ = 1.071,30€
- 3 puntos de secuela por dorsalgia postraumática = 3.199,76€
- Gastos: 450€ + 75€ = 525€
- TOTAL INDEMNIZACIÓN: 8.509,46€
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