¿Tengo derecho a indemnización por accidente de tráfico?

¿Has sufrido un accidente de tráfico y no sabes que indemnización te corresponde?, ¿qué tipo de daños se pueden reclamar?, ¿qué proceso se debe seguir para realiza una reclamación tras un accidente de tráfico? El abogado experto en Derecho del tráfico vial Carlos Jacinto Rial Suárez, responde todas las cuestiones vinculadas a esta temática.

Introducción

Tras haber sufrido un accidente de tráfico surge la duda de cualquier persona sobre si tiene derecho a reclamar y, en todo caso, quien puede reclamar una indemnización tras un accidente de tráfico.

¿Cuál es el motivo de la reclamación?

Lo primero que hay que aclarar es cuál es el motivo de la reclamación, pues no es lo mismo reclamar a quien se considera culpable del accidente, que a nuestro propio seguro con independencia de quien haya tenido la culpa.  

¿Qué ocurre si el culpable del accidente es un tercero?

En caso de reclamación a un tercero responsable de accidente, bien sea otro conductor o un tercero distinto, como por ejemplo pudiera una autopista por el mal estado de la vía, hay que distinguir entre:

Daños personales

En los daños personales  el que tiene que reclamar es la persona que ha resultado lesionada o su representante legal en caso de que sea un menor de edad o persona discapacitada sujeta a tutela.

En caso de fallecimiento pueden reclamar una indemnización tanto los herederos como los allegados del fallecido.

Para ello han de cumplir con los requisitos establecidos en el baremo de indemnización por accidente de tráfico.

Daños materiales

En los daños materiales quien puede reclamar una indemnización por accidente de tráfico a otro conductor o responsable, es la persona titular del vehículo y/o los objetos dañados.

También puede reclamar la persona que es depositario y usuario habitual del vehículo siempre que lo acredite de forma fehaciente.

¿Y si reclamo a mi seguro?

En el caso de hacer la reclamación a mi propio seguro, con arreglo a las coberturas contratadas para mi vehículo por accidente de tráfico, hay que tener en cuenta que solo en el caso de tener cobertura de daños propios podré reclamar a mi seguro los daños del vehículo, en caso de que no haya un tercero responsable de los daños causados, como por ejemplo cuando me salgo de la via por un despiste en la conducción.

Es este caso la reclamación se pude hacer a nombre del tomador de la póliza, del beneficiario de la misma o del propietario del vehículo que normalmente tiene a su vez la condición de asegurado.

En los dos últimos casos es preciso revisar el contenido de la póliza para cerciorarse de quien o quienes están legitimados con arreglo al contrato de para reclamar una indemnización.

Carlos Jacinto Rial Suárez, abogado experto en Derecho del tráfico vial.

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¿Cómo reclamar una indemnización por accidente de tráfico?

Una vez que sabemos quien puede reclamar tendremos que abordar la cuestión de cómo reclamar una indemnización por accidente de tráfico. 

El papel del parte amistoso en la reclamación de la indemnización

Para reclamar una indemnización por accidente de tráfico, es muy importante tener bien cubierta la declaración amistosa de accidente o haber solicitado la intervención de la Policía o Guardia Civil para la elaboración de un atestado.

¿Qué es?

La declaración amistosa de accidente o el denominado vulgarmente como parte amistoso de siniestro, es un documento avalado por la Dirección General de Seguros y que nos puede ahorrar muchos quebraderos de cabeza si se cubre correctamente tras un accidente de tráfico.

¿Qué información debe incluir el parte amistoso?

Debido al gran número de datos que se pueden hacer constar en el mismo, se ha extendido la mala costumbre  de dejar muchos de ellos sin cubrir, incluidos los más importantes.

Para poder tramitar un siniestro con celeridad hay que hacer constar, como mínimo:

  • Las compañías de seguros.
  • Matrículas de los vehículos.
  • Los nombres, apellidos y dirección de los conductores.
  • La fecha del accidente.
  • El lugar. 

¿Cómo se debe identificar al conductor?

Es corriente que se haga constar solo el nombre de uno de los conductores y un número de móvil, lo cual es de escasa validez aunque esté firmado, porque precisamente no se identifica correctamente a la persona que firma el documento.

La identificación del conductor es tan simple como pedir el DNI o Carnet de conducir y tomar de ahí los datos.

A mayores sería siempre deseable que se marcasen las casillas donde se hacen constar las circunstancias del accidente y que ambos conductores firmen el documento.

¿Y si se niega a facilitar sus datos?

En caso de que alguno de ellos se niegue a facilitar los datos, es imprescindible tomar la matrícula de este, hacer incluso fotos de los vehículos accidentados  y llamar a la Policía Local o la Guardia Civil, sin mover el vehículo del lugar del impacto hasta que lleguen los agentes actuantes.  

¿Y si no se llega a un acuerdo?

También  es aconsejable que se llame a los agentes de la autoridad cuando entre los conductores hay distintas versiones de cómo ha sucedido el accidente.

En este caso serán los agentes los que tomen declaración a cada uno de los conductores e incluso testigos si los hubiera.

Esto unido a la inspección ocular de los daños en los vehículos y del lugar del siniestro, les llevará a realizar un informe técnico de como ha sucedido el siniestro.

Este trámite suele ser de mucha utilidad para determinar qué conductor es culpable del siniestro o si la culpa es compartida entre ambos, en caso de los dos conductores hayan infringido alguna norma de circulación. 

¿Cómo dar el parte por accidente de tráfico al seguro?

Tras haber cubierto la declaración amistosa de accidente o haber solicitado la intervención de las fuerzas de seguridad, debemos dar parte de siniestro a nuestro seguro en los siguientes siete días al accidente de tráfico.

La comunicación debe hacerse de forma que quede constancia de la misma, de modo que la compañía de seguros, tras nuestra declaración del siniestro bien vía telemática o por teléfono, debe facilitarnos un número de siniestro que haya asignado a nuestra declaración del accidente de tráfico.

¿Cómo se cuantifican los daños tras sufrir un accidente de tráfico?

Después de realizar el trámite anterior, llega el momento de cuantificar los daños.

Esto suele generar fricciones con el sector asegurador porque no siempre se indemniza debidamente el daño causado, ya que cuanto menores son las indemnizaciones mayores son los beneficios para las compañías de seguros.

Cuando reclamamos la reparación de nuestro vehículo, tanto si tenemos asegurados los daños propios, lo que tradicionalmente se conoce como “todo riesgo” con o sin franquicia, como si reclamamos porque otro tercero culpable nos ha golpeado, es frecuente que la aseguradora se niegue a repararlo, declarándolo siniestro total con arreglo a unos valores estadísticos que estas manejan.

Llegado este punto ofrecen esos valores que ellos determinan y que normalmente están por debajo de lo que cuesta un vehículo de similar antigüedad y kilómetros en el mercado de segunda mano. 

¿Qué pasa si el responsable del daño es el otro vehículo?

Cuando quien nos causa el daño es otro vehículo  esta práctica de valoración del vehículo en base a valores estadísticos, ha sido considerada abusiva por los tribunales de justicia.

Ello ha obligado  a las aseguradoras a pagar el importe de la reparación del vehículo  dañado, incluso en aquellos casos en que el coste de la reparación sea superior, de forma no desproporcionada, a lo que costaría otro de segunda mano de características similares .

Por tanto el perjudicado no  tiene por qué  aceptar el valor estadístico de su vehículo prefijado por el seguro y tiene derecho a repararlo incluso aunque la reparación supere ligeramente el valor de reposición. 

¿Y si el responsable del accidente de tráfico he sido yo?

En el caso de la reclamación de la reparación del vehículo a nuestro seguro por daños propios, la casuística en los juzgados es muy diversa y el éxito de la reclamación va a depender en la mayoría de los casos:

  • De cómo este redactada la póliza con arreglo a la cual se quiere reclamar el vehículo siniestro total
  • De la audiencia provincial del juzgado donde se celebre el juicio, pues no hay un criterio uniforme sobre esta cuestión.

¿Cómo reclamar un indemnización por fallecimiento o lesiones personales?

Por su parte y en cuanto a los daños personales, si lo que reclamamos es una indemnización por accidente de tráfico derivada de lesiones o fallecimiento a consecuencia del mismo, el instrumento legal al que debemos someternos es la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

En el baremo que incluye esta ley se determina las indemnizaciones por todos los conceptos indemnizables derivadas de daños personales sufridos en accidente de circulación.

Dado que su manejo no es sencillo, lo más recomendable es que la reclamación se haga por experto en la materia, para poder reclamar todo lo que el citado baremo permite.

¿Cuándo se cobra la indemnización por accidente de tráfico?

Para finalizar vamos a abordar la cuestión de cuanto se tarda en cobrar la indemnización tras el siniestro.

Al respecto solo podemos informar de los plazos legales que, por desgracia, no son los plazos reales.

Plazo de respuesta de la aseguradora del vehículo responsable

Cuando se reclama una indemnización por accidente de tráfico, la aseguradora del vehículo responsable del accidente tiene la obligación de contestar a la reclamación del lesionado haciendo una oferta motivada de indemnización en el plazo de 90 días desde que recibe la reclamación.

Por otra parte, la oferta no puede estar condicionada a que el perjudicado no pueda reclamar una cantidad mayor en un futuro si así lo estima conveniente.  

Plazo de respuesta de nuestra aseguradora

En cuanto a la reclamación a nuestro propio seguro con cargo  a la póliza del vehículo, el plazo para que el seguro nos pague lo que estime son 40 días.

¿Cuál es el plazo si tengo que ir a juicio?

Si finalmente la reclamación termina en los juzgados, los plazos de resolución de los litigios son tan variados como juzgados existen, ya que no todos tramitan lo expedientes con igual celeridad ni tienen la misma carga de trabajo.

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