Adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico

Adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico

Adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico: ¿Qué es?¿Cuándo y cómo reclamar los gastos de adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico? ¿Qué plazo hay para hacerlo? ¿Cómo se hace el cálculo de la adecuación de vivienda y coche en accidente de tráfico? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en Derecho del Tráfico Vial, Sebastián Montilla Castro te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué es la adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico?

Como consecuencia de un accidente de tráfico, podemos tener una circunstancia en la que haya que adaptar la vivienda. Por ejemplo, cuando tenemos lesiones que nos reducen de manera considerable la movilidad.

La adecuación de la vivienda, implica hacer las obras que sean necesarias para adecuarla, o incluso la necesidad de adquirir una nueva. Porque si no es posible la rehabilitación de la propia, no habría inconveniente en adquirir una nueva, con las nuevas necesidades funcionales que tiene la víctima. Hay un importe máximo que establece el baremo que son 150.000 €. Cualquier importe superior, lo tendría que soportar la víctima.

Evidentemente hay que acreditar, primero la necesidad de esa adecuación y luego la efectiva realización con facturas de un arquitecto, y las facturas o presupuesto de los de los encargados o profesionales que lo hicieran.

Ejemplo de caso real

Por ejemplo, hay un caso que hemos llevado en el despacho en alguna ocasión y es una limitación funcional importante de los miembros inferiores, de las piernas, e incluso amputaciones en personas que residen en una vivienda sin ascensor. En ese caso, la ley permite incluso adquirir una nueva vivienda que tenga ese acceso, o realizar las obras necesarias para pagar la parte que corresponde a la comunidad de propietarios para establecer un ascensor, o además, poner una barandilla electrónica que te sube directamente. 

Es decir, lo que establece la ley, es por un lado la cuantía 150,000 y por otro lado la necesidad. Entonces es evidente que si una persona queda amputada, o se le ha amputado el miembro inferior, no puede vivir en una vivienda sin ascensor. Eso sería acreditación suficiente para que dentro de las posibilidades técnicas le resuelvan esa situación, siempre que esté justificado y proporcionado.

¿Qué hacer ante un posible enriquecimiento injusto por parte de la víctima?

También es importante recalcar que no puede haber un enriquecimiento injusto. El seguro entraría a la hora de determinar dentro de los 150000 €, la cuantía que corresponda. Sin embargo, también es verdad que esto es una partida indemnizatoria a la que me veo obligado como consecuencia de unos daños causados por un tercero. Es por ello que mi patrimonio tiene que seguir inalterable. Si yo como consecuencia del accidente, me veo obligado a cambiar de vivienda, también sufriré un perjuicio moral, porque me tengo que ir de dónde he vivido toda la vida. Eso ya forma parte de lo que son las discusiones entre la compañía aseguradora y la víctima de un accidente de tráfico.

El sistema de responsabilidad civil que rige en España, está inspirado en el principio de restitución íntegra. Eso lo que significa, es que la víctima en la medida de lo posible, no vea alterado su esfera económica como consecuencia del accidente del cual no ha tenido la culpa.

El tema del coche, está contemplado de manera genérica en el baremo, como el perjuicio patrimonial por incremento de costes de movilidad. Cuando se produce una pérdida de autonomía personal, en distintos grados, existe la posibilidad de adaptar el vehículo. Si no es posible adaptar el vehículo, adquirir uno nuevo dentro de la rama que tenga ese vehículo, el cual guarde una similitud con el sustituido. Por ejemplo, si yo tengo un utilitario, y es imposible técnicamente adaptarlo, no me puedo comprar BMW.

Es decir, me lo puedo comprar, pero se me va a indemnizar más o menos por el valor para que no exista un enriquecimiento injusto. Entonces, puedo adaptar o comprarme un vehículo nuevo, y además, también puedo tener en cuenta las futuras adaptaciones que necesite el vehículo, contemplando la vida útil de los elementos técnicos que hay que incorporar.

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¿Cuándo reclamar los gastos de adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico?

El momento es cuando se produce la estabilización de las lesiones. Es decir, cuando ya desde el punto de vista médico, no esperamos que las lesiones vayan a mejorar. 

Solamente se podrán tratar con un fin paliativo, para eliminar o reducir el dolor si es que existe. Sin embargo, desde el punto de vista en lo que entendemos por curar o mejorar la funcionalidad del paciente, no se va a producir. En el momento en el que se produce esa estabilización de las lesiones, es cuando conocemos el verdadero alcance de las mismas y en consecuencia, podemos analizar de una manera objetiva, o lo más objetiva posible, cuáles son las limitaciones que a partir de ahora va a tener la víctima y consecuencia, dentro de limitaciones, cuáles son indemnizables.

Cálculo de la adecuación de vivienda y coche en accidente de tráfico ¿Cómo se hace? 

En principio, hay algunas cosas que requieren menos esfuerzo probatorio. Como por ejemplo, el que hablábamos antes, de una persona que se le amputan los miembros inferiores, y vive en una vivienda sin ascensor.  Ahí la necesidad requiere poco esfuerzo probatorio, y si lo requiere dentro de las distintas opciones constructivas, hay que presentar un presupuesto, y un anteproyecto hecho por algún técnico, o arquitecto, estableciendo en el propio informe las distintas opciones constructivas. Además, por supuesto el presupuesto de llevar a cabo esa adecuación, o incluso la factura si el paciente ha decidido no esperar a recibir la indemnización para llevar a cabo la obra, y la ha anticipado por necesidades funcionales y se lo ha podido permitir.

Con respecto al coche, el cálculo de la adecuación lo haría el taller. Aquí el límite que establece la ley son 60000 € y dentro de esto, hay que buscar una opción razonable. Si por ejemplo, yo tengo un utilitario de 25 años, pero me empeño en qué tiene que ser ese el que tienen que adaptar, y como consecuencia de que sea tan viejo, el coste de adaptación sea superior a uno nuevo, evidentemente ahí estoy realizando una operación antieconómica que nos va a costar mucho más justificar y reclamar a una más razonable. 

Es por ello que dentro de esos términos razonables, es importante que todo quede acreditado. No solamente la necesidad y el gasto, sino que hemos elegido la opción más razonable o mejor.

¿Qué incluye la adecuación de la vivienda y el coche tras un accidente de tráfico?

En principio, no hay un número clausus en la ley, ni establece que entra y que no entra dentro de estos conceptos. Por eso, lo importante es que esté justificada las limitaciones funcionales del paciente, o sea de la víctima y las opciones técnicas que desde el punto de vista, constructivo para la vivienda, o técnico para los vehículos, pueden realizarse para mejorar la funcionalidad, movilidad, o las limitaciones que como consecuencia del accidente tiene la víctima.

¿Puedo adelantar gastos de adecuación de vivienda y coche por accidente de tráfico y reclamarlos después?

Sí, sin ninguna duda. Incluso muchas veces desde el punto de vista de la estrategia procesal, es aconsejable. Esto es debido a que cuando presentamos un presupuesto, siempre queda la sospecha, o así lo va hacer ver la parte contraria, de que se tendrá la seguridad de que una vez indemnizado por este concepto, ese presupuesto se va a llevar a cabo. Muchas veces esa sospecha que se manifiesta en los procedimientos judiciales, y particularmente en el juicio, algunas veces tiene cierto calado en algunos jueces. Por este motivo, siempre que se pueda, es mucho mejor adelantar el gasto, porque ya se justifica la necesidad, precisamente porque lo he pagado.

¿Qué plazo hay para reclamar los gastos de adecuación de vivienda y coche al tener un accidente de tráfico?

Todos los perjuicios derivados de un accidente de tráfico, tienen el plazo de reclamación de un año desde que se alcanza la estabilización de las lesiones. Es decir, desde que conocemos el verdadero alcance de las lesiones y sus consecuencias, por lo tanto podemos cuantificar. A partir de ese momento, empieza a transcurrir el año que prevé la ley para responsabilidad civil extracontractual.

Lo que se puede hacer, es interrumpir este plazo. Efectivamente cada comunicación o reclamación fehaciente al responsable del accidente, conlleva que el cómputo empieza de cero.

¿Cómo reclamar los gastos de adecuación de vivienda y coche después de un accidente de tráfico?

  1. El primer paso es acreditar médicamente las limitaciones funcionales que tiene la víctima del accidente de tráfico en su día a día, y que justifican la necesidad, tanto de adecuar la vivienda, como el coche o cualquiera de las dos cosas. Es decir, médicamente la limitación que conlleva la necesidad de modificar.
  2. Presentar las distintas alternativas constructivas o técnicas, para mejorar la calidad de vida, o las deficiencias de la víctima. Dentro de estas propuestas también conviene que estén más o menos explicadas y cuantificadas. 
  3. Por último, un presupuesto o factura del coste de la rehabilitación, o de la adaptación de la vivienda o del vehículo.

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