Accidente de tráfico con lesiones: Todo lo que necesitas saber

Accidente de tráfico con lesiones

¿Qué lesiones puedo reclamar si he sufrido un accidente de tráfico? Plazos para reclamar lesiones en un accidente de tráfico. ¿Cómo se hace la reclamación? ¿Qué documentos necesito? ¿Cuál va a ser la indemnización? ¿Qué hago si la aseguradora se niega a indemnizarme por las lesiones en el accidente? Ejemplos de casos por lesiones en accidentes de tráfico. Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en internet en relación a esta casuística y Fernando Expósito Dopico, abogado especialista en Derecho del Seguro, responde a todas ellas a continuación.

¿Qué lesiones puedo reclamar si he sufrido un accidente de tráfico?

La indemnización por un accidente de tráfico viene recogida en el Baremo de la Ley 35/2015, los conceptos son por:

  • Días de perjuicio muy grave, grave, moderado y básico.
  • Lesiones permanentes (secuelas)
  • Gastos médicos y farmacéuticos, de transporte, perjuicio económico.

Y por supuesto cualquier tipo de incapacidad, así como otro tipo de perjuicios como pérdida de calidad de vida, daños morales complementarios, adaptación de vivienda, transporte, ayuda de terceras personas y otros conceptos que habría que analizar dependiendo del tipo de lesión de que se trate.

Plazos para reclamar lesiones en un accidente de tráfico

El plazo para realizar la reclamación a la aseguradora es de un año, desde la fecha del accidente por norma general, o bien, desde la fecha de la estabilización de las lesiones.

No obstante, yo lo que recomiendo es iniciar la reclamación lo antes posible, incluso desde el primer momento en que tengamos conocimiento del mismo, ya que no es de recibo, como nos indican a veces, esperar a que nos den el alta o estar estabilizado de las lesiones, de esta forma iniciamos el cómputo de los plazos que comienzan a correr a la aseguradora para la realización de pagos, ya sean a cuenta o el definitivo en caso de estar estabilizado.

El plazo que tiene la aseguradora para hacer una oferta es de 3 meses “desde la presentación de la reclamación” por lo que presentar la reclamación cuando tengamos el alta lo que supone es perder todo ese tiempo.

¿Cómo se hace la reclamación? ¿Qué documentos necesito?

Lo primero que debemos hacer es solicitar a la aseguradora la petición de una “Oferta Motivada”, en la que deberán constar:

  • Los datos de los vehículos implicados.
  • Los datos de los conductores.
  • Una explicación detallada de lo ocurrido en el accidente.
  • Debes presentar los informes necesarios que permitan a la aseguradora responsable cuantificar los daños.

Si bien, y tal y como se ha indicado antes, si solicito la oferta motivada nada más tener constancia del accidente es evidente que no vamos a poder enviar los informes necesarios para la cuantificación del daño, pero eso no exime a la Aseguradora de tener que realizar pagos a cuenta, ya que aunque parece que la Aseguradora no podrá hacer una oferta por carecer de esos informes para cuantificar ese daño, la Ley indica expresamente, que en caso de que entendiesen que la documentación médica aportada fuese insuficiente para la cuantificación, pueden solicitar informes periciales privados que consideren pertinentes, que deberán efectuar por servicios propios o concertados,  por lo que no será válida la respuesta de que no se realiza oferta motivada por no poder cuantificar el daño.

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¿Cuál va a ser la indemnización?

La indemnización va a variar dependiendo del tipo de lesión que tengamos, su duración, los perjuicios causados e incluso la edad del lesionado, por tanto es una cuantía que habrá que fijarse conforme a las circunstancias personales de cada uno.

El único importe que está fijado igual para todos es la valoración de los días hasta la fecha de estabilización, que dependerá también de las actividades de la vida diaria que podamos desarrollar. 

Así los días se clasifican en:

  • día de perjuicio muy grave 119,03 €
  • día de perjuicio grave 89.27 €
  • día de perjuicio moderado 61,89 €
  • día de perjuicio básico 35,71 €

¿Qué puede responder la aseguradora?

Como hemos indicado la aseguradora nos tiene que contestar en el plazo de los tres meses desde nuestra petición de nuestra oferta motivada.

Las respuestas dependerán lógicamente de la casuística de cada accidente.

  1. Puede indicarnos directamente que no reconoce la responsabilidad de su asegurado, con lo cual ya no habrá ningún tipo de oferta de pago, pues con dicha contestación ya directamente no reconocen culpa.
  2. Nos puede indicar que no tienen acreditada la responsabilidad de su conductor, por lo que necesitarán más tiempo para localizar atestado, testigos…
  3. Comunicar que aceptan la culpa pero que están pendientes de informes para la valoración de los daños.
  4. Solicitarnos que seamos vistos por su equipo médico a efectos de poder cuantificar la indemnización, y/o solicitarnos información médica.
  5. Y por último hacer una oferta motivada, indicándonos la oferta de pago, que deberá contener la documentación en la que se fundamentan y en su caso el informe médico definitivo del médico que nos ha explorado para hacer la valoración

¿Qué hago si la aseguradora se niega a indemnizarme por las lesiones en el accidente?

En caso de que no se alcance un acuerdo sobre la indemnización, no quedará más remedio que acudir a la vía judicial, para que sea el juez el que determine el alcance de las lesiones.

Para realizar la reclamación judicial de “secuelas” es obligatorio aportar un informe médico pericial, realizado por un perito valorador del daño corporal que deberá adaptar dichas lesiones al Baremo de la Ley 35/2015

Ejemplos de casos por lesiones en accidentes de tráfico

La media de lesionados al año según la DGT es de unos 130.000 de esos un 89.2% de lesiones son leves , el 10% son graves y el 0.8% muy graves.

De esos lesionados leves un 75% son de esguince cervical por tanto si el coste medio de un esguince cervical son unos 6.412 € es evidente la batalla de las aseguradoras se va a centrar en este tipo de lesión. Ante tal frecuencia de siniestros lo que pretenden las aseguradoras es rebajar su coste, bien ofertando menos días, omitiendo o no abonando la secuela y también alegando que la intensidad del golpe en el vehículo no pudo haber provocado lesiones cervicales (esto está muy de moda, llamado delta V) en la que alguna aseguradora tiene un departamento a nivel nacional para defender este tema.

Así pues, la mayor conflictividad se va a encontrar en este tipo de accidentes que si bien no son de gran cuantía, son de mucha frecuencia.

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