Consecuencias económicas de anular una tarjeta de crédito

Consecuencias económicas de anular una tarjeta de crédito

Consecuencias económicas de anular una tarjeta de crédito: ¿Qué significa anular una tarjeta de crédito? Diferencias entre anular y cancelar una tarjeta de crédito. ¿Cuándo y cómo puedo anular una tarjeta de crédito? ¿Qué consecuencias económicas tiene anular una tarjeta de crédito? En esta ocasión, el abogado experto en Derecho del consumo, Javier Fuentes Abril, nos aclara todas estas dudas.

Introducción

Cuando hablamos de una tarjeta de crédito estamos hablando realmente de un contrato por el que una entidad se compromete a facilitarnos financiación. Financiación que se obtiene, normalmente, mediante el uso de una tarjeta física o virtual en comercios o en cajeros automáticos.

De esta forma, con un contrato de tarjeta de crédito, vamos a poder disponer de dinero hasta un límite previamente fijado y ese dinero que hayamos dispuesto y que tendremos que devolver, lo haremos del modo en que se haya establecido en el contrato.

¿Qué significa anular una tarjeta de crédito?

Cuando hablamos de anular una tarjeta de crédito nos estamos refiriendo a anular el contrato de esa tarjeta. Una anulación que se produce por ser ese contrato contrario a Derecho.

Anular una tarjeta de crédito va a suponer eliminar el contrato y todos los efectos que haya producido. En definitiva implica restablecer la situación que hubiera existido si no se hubiera concertado nunca ese contrato.

Para poder optar a anular una tarjeta de crédito tenemos que encontrarnos ante alguna contravención de la normativa. Existen muchos motivos por los que pudiera llegar a anularse una tarjeta de crédito, pero los que son más usuales son la existencia de unos intereses usurarios.

Javier Fuentes Abril, abogado experto en Derecho del consumo.

Los motivos más habituales por los que estamos presenciando este tipo de nulidades son, bien por estar ante un contrato de tarjeta de crédito que incluye unos intereses mucho más elevados de lo habitual, lo que lo convierte en un contrato usurario, o bien por incluir cláusulas que contravienen la normativa de consumidores y usuarios y que por tanto son abusivas.

Diferencias entre anular y cancelar una tarjeta de crédito

Sin embargo, no podemos confundir anular una tarjeta de crédito con cancelar una tarjeta de crédito.

Cuando hablamos de cancelar una tarjeta de crédito, nos solemos referir a la posibilidad de rescindir el contrato. En estos casos, el propio contrato de tarjeta de crédito prevé esta opción y recoge los requisitos que se deben dar para poder optar a cancelar una tarjeta de crédito y los procedimientos a seguir.

A diferencia de la posibilidad de anular un contrato, cancelar una tarjeta de crédito va a tener unas consecuencias económicas muy diferentes pues, la cancelación no va a modificar la deuda que pudiera existir después del periodo en que se hubiera usado la tarjeta de crédito. Es más, al cancelar la tarjeta de crédito habrá que saldar la deuda que hubiera hasta ese momento, abonando las cantidades que restaran por pagar.

Sin embargo, anular una tarjeta de crédito, además de requerir bien el acuerdo de ambas partes o bien el ejercicio de una acción judicial, va a tener, como consecuencias económicas, la eliminación de todo efecto producido por la tarjeta. Esto va a implicar que no se tendrá que abonar al banco nada más que las cantidades que se han dispuesto, el cual se tendrá que olvidar de cobrar intereses, comisiones y demás conceptos que se hubieran incluido, como seguros asociados.

¿Cuándo puedo anular una tarjeta de crédito?

Para poder optar a anular una tarjeta de crédito tenemos que encontrarnos ante alguna contravención de la normativa. Existen muchos motivos por los que pudiera llegar a anularse una tarjeta de crédito, pero los que son más usuales son la existencia de unos intereses usurarios, es decir, que se hubieran incluido intereses a un tipo porcentual muy superior al que habitualmente se establece en ese tipo de contratos de tarjeta de crédito; o que estemos ante la presencia de cláusulas abusivas que afecten de forma fundamental al contrato, cláusulas como la relativo al modo de devolución del importe que se haya dispuesto.

Si estamos ante uno de estos supuestos (o los dos), es posible solicitar la nulidad de la tarjeta de crédito judicialmente.

CONTACTO

Contacta con el abogado

¿Cómo se anula una tarjeta de crédito?

Para proceder a anular una tarjeta de crédito debe iniciarse un procedimiento judicial, para lo que tendrás que contar con abogado y procurador. No obstante, antes debe tratarse de encontrar una solución amistosa con la propia entidad, tanto para intentar resolver el asunto con la mayor celeridad posible y reduciendo costes, como para poder obtener en su caso el beneficio de recuperar las costas judiciales de verse obligado a iniciar acciones judiciales por no ser posible alcanzar ningún acuerdo.

En ese procedimiento, si el motivo alegado es la posible usura del contrato de tarjeta de crédito, habrá que hacer una comparativa entre el tipo de interés establecido en nuestro contrato con el que se viniera empleando en los contratos similares al nuestro, de tal modo que el juzgador o juzgadora pueda entender acreditado que estamos ante el uso de intereses excesivamente altos.

De otro lado, si el motivo alegado es la presencia de cláusulas abusivas que afecten al elemento esencial del contrato, habrá que analizarse tanto el propio contenido literal de la cláusula como la información que se facilitó al consumidor, para enjuiciar si esta era suficiente para comprender el funcionamiento de la misma y, especialmente, el coste económico y jurídico que le iba a conllevar su inclusión.

Consecuencias económicas de anular una tarjeta de crédito

Como he adelantado previamente, anular una tarjeta de crédito va a tener unas consecuencias económicas muy diferentes a la cancelación.

En el caso de la anulación del contrato de tarjeta de crédito, habrá que borrar todo rastro de la tarjeta para volver a la situación que hubiera existido de no haberse contratado. Esto implica que tendrá que devolver a la entidad la totalidad de las cantidades que se han dispuesto, pero sólo ese importe, pues ya no habría obligación de devolver comisiones ni intereses de ningún tipo.

Ello, en definitiva, va a implicar que tengamos que sumar todo el importe que se ha pagado a lo largo de la vida de la tarjeta de crédito, por cualquier concepto, así como tendremos que sumar todo el importe que hemos dispuesto con la tarjeta de crédito. Hecho esto, tendremos que restar al total dispuesto, el total pagado y, si el resultado es positivo, ese resultado aún tendremos que devolverlo al banco. No obstante, si el resultado es negativo por ser mayor el importe pagado que el dispuesto, tendremos derecho a recuperar de la entidad la diferencia.

Por tanto, si bien es muy frecuente que este tipo de contratos impliquen que durante muchos años se sigue pagando una cuota tras otra y aun así no se reduce la deuda, podemos encontrarnos con que, tras anular la tarjeta de crédito, no sólo dejemos de tener deuda alguna, sino que se condene al banco a que nos devuelva la diferencia pagada de más.

¿Quieres ponerte en contacto con Javier Fuentes Abril, abogado experto en Derecho del consumo? Solicitar llamada.

Puedes visitar el perfil del abogado aquí.

Quizá también te interese:

Reclamar indemnización por el cártel de coches

¿Dónde puedo reclamar si estoy afectado por el cártel de coches?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *