Moratoria de hipoteca por coronavirus ¿Cómo la pido?

Aplazamiento de la moratoria de hipoteca

La moratoria de hipoteca es un aplazamiento de la cuota de hipoteca. Una opción que, por la crisis del coronavirus (COVID-19) cada vez más personas necesitan solicitar en el banco. La moratoria de hipoteca tiene unos destinatarios y requisitos que explicamos aquí.

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¿Qué significa una moratoria de hipoteca?

Como su nombre indica permite pagar mas tarde la hipoteca, es un “retraso consentido por el banco” sin que tenga consecuencias económicas perjudiciales para el cliente.

¿Por cuánto tiempo puedo retrasar el pago de la cuota hipotecaria?

De momento solo está prevista para tres meses, lo cual es claramente escaso, y es mas que probable que se tenga que ampliar, pero teniendo en cuenta que la normativa señala que con tres meses de impago se incurre en mora, con las consecuencias que ello supone, en principio se ha adoptado este tipo de plazo, pero el Consejo de Ministros podría ampliarlo.

¿Qué consecuencias tiene para el deudor?

El plazo de vencimiento del préstamo se alarga por el plazo que haya tenido el periodo de la moratoria.

Si se te concede, lo más importante es saber que no se devengarán intereses diferentes, ni te pueden pedir que contrates algún otro producto.

¿A quien va destinado?

– Para deudores de préstamos hipotecarios en situación de vulnerabilidad económica.

– Tipos de préstamos, los que se hayan solicitado para adquirir:

  1. Vivienda habitual
  2. Inmuebles destinados a una actividad económica (empresarios y profesionales)
  3. Viviendas destinadas a alquiler, en las que el propietario haya dejado de percibir la renta desde la entrada en vigor del estado de alarma ( 14 de marzo)

– También estarán protegidos los avalistas o fiadores.

– También se puede pedir para prestamos personales, incluyendo los créditos derivados del uso de tarjeta de crédito.

Requisitos, son cumulativos, se deben cumplir TODOS :

  1. Estar en desempleo/ Puede ser empresario profesional con perdida sustancial de ingresos.
  2.  El conjunto de ingresos de TODA la unidad familiar contabilizado el mes anterior a la moratoria, no puede superar el limite de TRES VECES el IPREM ( indicador publico de Rentas de Efectos Múltiples) . El importe se incrementa según el numero de hijos a cargo ( un 0,1 %) , por cada persona dependiente a su cargo, o personas mayores de 65 años a su cargo, incapacidades laborales…
  3.  Que la cuota hipotecaria mas los gastos básicos de suministros ( agua, luz, gas,) sea superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba la unidad familiar.
  4.  Que a consecuencia de la emergencia sanitaria , se haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda, lo cual significa que el esfuerzo de la carga hipotecaria sobre la renta de la familia se haya multiplicado por 1,3.

En este sentido conviene resaltar que “alteración significativa”, supondrá es hacer un cálculo de cómo han descendido mis ingresos y ver cómo repercute esto en mi carga hipotecaria. Calculando primero cuál era la cara hipotecaria que tenía inicialmente según mis ingresos.

Si se trata de un profesional o empresario, que la carga de ingresos haya descendido un 40% o mas.

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¿Qué documentación necesito?

Como cuestión previa se debe señalar que si no se puede aportar algun documento, se hará una declaración responsable en la que se justifique que se ha pedido dicha documentación y por qué no se ha podido acceder a ella.

Documentos:

  1. Justificación del desempleo y que figure el importe, (se obtiene del SEPE)
  2. Si es un profesional o una empresa presentar el cese de actividad
  3. Justificar el número de personas que viven en la vivienda.
    1. Libro familia
    2. Padrón (certificado de empadronamiento)
    3. Declaraciones de dependencia en su caso.
  4. Titularidad de los bienes (escritura de la vivienda o local, Certificado del Registro dela propiedad (on-line se puede solicitar)
  5. Declaración responsable del deudor relativa a los requisitos de que no cuenta con los recursos económicos suficientes.

La impresión general es que los requisitos son díficiles de cumplir conjuntamente y se calcula que solo un 10% de los deudores hipotecarios accederán en su caso a las moratorias.

Como alternativas, se puede pedir a la entidad bancaria carencia total o parcial de la cuota o por ejemplo una ampliación del plazo de la deuda, para aminorar la cuota.

Otras cuestiones de interés financiero

  1. Algunas entidades están adelantando la prestación por desempleo, justificando la solicitud de dicho desempleo en la empresa.
  2. Hay entidades financieras, la mayoría, que están otorgando las entidades, con intereses atractivos y periodos de carencia, no deben ir vinculadas a la contratación de otros productos (como un seguro de vida por ejemplo u otras vinculaciones)
  3. Algunas entidades están suprimiendo la comisión por retirar dinero en efectivo en otros cajeros que no sean de la entidad titular.
  4. Se debe prestar atención en el caso de los consumidores a las comisiones por descubierto o posiciones deudoras, que han sido declaradas ilegales por muchas resoluciones judiciales en el caso de consumidores, pero hay que estar atento
  5. Deberemos prestar también atencón nuestra protección ante las estafas electrónicas ( clonación de tarjetas, captación de datos por internet) etc,- Ademas de las medidas de seguridad que debe adoptar el cliente, la entidad está obligada a tener un sistema seguro de comercio electrónico o de transacciones electrónicas- ,
  6. Si se realiza compra por internet, controlar que se trate de un comercio adherido al comercio electronico seguro.
  7. Siempre nos deben pedir una doble autenticación para acceder a un pago ( una clave, y un pin por sms por ejemplo)
  8. Revisar frecuentemente los cargos de tarjeta ( ahora que se nos recomienda los pagos por pequeños que sean) en caso de cargo no autorizado o indebido, siempre comunicar a la entidad y presentar denuncia policial de dichos cargos.
  9. Se puede comentar los prestamos con garantía ICO para autónomos.

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