¿Te has preguntado alguna vez cuándo prescribe una deuda que ha sido reclamada judicialmente? Es una cuestión que genera inquietud en muchas personas. En este artículo, te brindaremos la respuesta exacta a esta pregunta y te explicaremos los aspectos clave relacionados con la prescripción de deudas en el ámbito legal.
¿Puede prescribir una deuda reclamada judicialmente?
Si ha existido sentencia judicial firme y se ha iniciado el proceso de ejecución de la sentencia, la deuda no prescribe, la ejecución no finalizará hasta que no se da total cumplimiento a lo resuelto en la sentencia, el artículo 570 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, habla de “hasta la total satisfacción de la deuda”
Algunas sentencias de Audiencia Provinciales y a pesar de que se hubiera iniciado el proceso de ejecución de la deuda, han estimado la prescripción, aplicando el principio de seguridad jurídica, y que exista un retraso desleal, es decir que el acreedor deje transcurrir el tiempo sin solicitar ninguna actuación judicial, Por una parte, el principio de seguridad jurídica del art. 9 CE, de ahí que algunas Sentencias aplican en plazo de prescripción de la acción principal al plazo en que una ejecución haya estado paralizada, y la archivan por ello (AAP Madrid de 23.05.05)
¿Cuándo prescribe una deuda reclamada judicialmente?
Siguiendo con lo antes comentado, debemos indicar, que una vez dictada una sentencia en la que se reconozca una deuda a favor de una de las partes, y siendo firme la sentencia, es decir que no quepan más recursos, la parte que se le reconozca ser acreedora deberá instar la EJECUCION DE LA SENTENCIA, el plazo para ejecutar la sentencia comienza a los 20 días de su firmeza, si transcurridos 5 años no se ha solicitado la ejecución, se produce la caducidad de la instancia, es decir que no se podrá ejecutar la sentencia, ni reclamar la deuda.
¿Qué ocurre cuando prescribe una deuda reclamada judicialmente?
Se extingue el derecho del acreedor a cobrarla.
¿Qué ocurre si no pago una deuda con sentencia judicial?
En este caso lo normal es que el acreedor con sentencia favorable, inicie una ejecución de sentencia, que implica una búsqueda patrimonial a través de la OIP (oficina de investigación patrimonial) adscrita a los juzgados y se proceda al embargo de toda clase de bienes para el pago de la deuda, además de que se producirá un aumento de la deuda por intereses y gastos de la ejecución.
¿Qué hacer si no pago una deuda con sentencia judicial?
Cuando hay una sentencia judicial, siempre estaremos obligados a su cumplimiento, y estaremos sometidos a que el acreedor pueda solicitar la ejecución y embargo de bienes.
Normativa de referencia: Ley de Enjuiciamiento Civil