¿Cómo reclamar la tarjeta revolving de Media Markt?

Reclamar tarjeta revolving Media Markt

Si tienes una tarjeta revolving de Media Markt y te encuentras en una situación en la que consideras que los intereses o condiciones de la tarjeta no son justos o transparentes, es importante que conozcas tus derechos y sepas cómo reclamar. En este artículo, te explicaremos los pasos que puedes seguir para reclamar la tarjeta revolving de Media Markt.

¿En qué consiste la tarjeta revolving de Media Markt?

Las denominadas tarjetas revolving son un tipo de tarjetas de crédito vinculadas generalmente a comercios, en función de las cuales se pone a tu disposición una cantidad de dinero que podrás devolver de forma aplazada y fraccionada, según la modalidad de pago elegida. En este caso, debes tener en cuenta que la cantidad que dispongas de la tarjeta deberás devolverla más los intereses fijados por las entidades financieras.

En España, las tarjetas revolving más comunes son las comercializadas por Wizink, pero también existen otras entidades que ofrecen este tipo de producto: Revolving Carrefour Pass, Tarjetas revolving Ikea Family e Ikea Visa, Tarjeta revolving Alcampo-Oney, Tarjetas revolving Cetelem, Tarjeta Cepsa Mastercard o como es en este caso, Tarjeta Revolving de Media Markt, entre otras muchas. 

A diferencia de como funcionan las tarjetas de crédito habituales, en las que el pago de las cantidades dispuestas se hace generalmente en el momento de la compra o en un pago único a final de mes, en las tarjetas revolving los pagos se pueden realizar de forma aplazada, en cuotas fijas mensuales cuyo importe puedes acordar con la entidad, más los intereses pactados. 

Lo que muchas personas desconocen es que los intereses aplicados por las entidades por el fraccionamiento y pago aplazado del capital dispuesto son en la mayoría de los casos desorbitados y desproporcionados, llegando en algunos casos a ser de hasta un 27% TAE. 

Además, la cantidad que se va abonando mensualmente en cuotas vuelve a estar disponible como crédito para que el consumidor pueda utilizarlo de nuevo, lo que implica que la deuda no se vea reducida y debido a la aplicación de intereses tan altos, el préstamo se alarga indefinidamente obligando al consumidor a pagar intereses sobre intereses.

Con relación a ello, hace unos años empezaron a presentarse demandas solicitando la nulidad de estas tarjetas, pronunciándose el Tribunal Supremo, entre otras, en su conocida Sentencia de 4 de marzo de 2020, en la que declaró usurario un interés de un 27% TAE aplicado por la entidad bancaria y, en consecuencia, ésta tuvo que devolver al consumidor los intereses y comisiones que había abonado durante toda la vida del contrato, es decir, todas las cantidades pagadas que excedían del capital efectivamente dispuesto. 

En cualquier caso, se debe tener en cuenta que para determinar si los intereses aplicados son usurarios, debe realizarse una comparativa con los datos publicados por el Banco de España en relación con las tarjetas revolving en el año de la contratación. 

Y, si realizada esta comparativa el interés pactado supera en más de 6 puntos al interés medio publicado por el Banco de España, el mismo es usurario y sería viable interponer la reclamación judicial. De esta forma, dependiendo del año del contrato, un interés de un 20% TAE también podría ser considerado usurario. 

En cualquier caso, nuestros abogados se encargarían de estudiar cada supuesto concreto y las circunstancias de la contratación, y se asegurarían de que la reclamación que en su caso se interponga, sea completamente viable para el consumidor.

¿Cómo puedo reclamar la tarjeta revolving de Media Markt?

Nuestra primera opción para recuperar las cantidades abonadas en concepto de intereses y comisiones, así como todas las cantidades abonadas de forma indebida, es realizar una reclamación por vía extrajudicial a la entidad financiera. 

Dicha reclamación la llevamos a cabo desde nuestro Despacho mediante el envío de un burofax donde requerimos a la entidad a fin de que procedan a declarar nulo el contrato por ser los intereses usurarios, así como a la devolución de las cantidades abonadas indebidamente por el prestatario en concepto de intereses, comisiones y otros gastos. Igualmente solemos aprovechar este requerimiento para solicitar toda la documentación sobre el contrato, en caso de que el cliente no disponga de ella. 

Una vez la reclamación es recibida por la entidad prestamista, puede ocurrir que acepte la declaración de nulidad y proceda a reintegrar al consumidor las cantidades abonadas indebidamente, en cuyo caso el procedimiento terminaría en esta fase, hecho que rara vez ocurre.

En caso de recibir una negativa por parte de la entidad o no recibir respuesta, acudiríamos a la vía judicial, mediante la interposición de la correspondiente demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera instancia del domicilio del interesado. 

¿Cuánto dinero puedo reclamar?

En cuanto a la cantidad de dinero que se puede recuperar en caso de que se declare la nulidad del contrato de tarjeta de crédito, va a depender de las cantidades que el consumidor haya dispuesto, es decir, de las compras y disposiciones de efectivo que se hayan realizado con la tarjeta, y los intereses aplicados por la entidad.

Como regla general, las cantidades a devolver son mayores cuanto mayor sea el tiempo transcurrido desde que se comenzó a utilizar la tarjeta, puesto que más intereses y comisiones se habrán abonado.

En cualquier caso, la entidad denunciada estará obligada a devolver al consumidor la totalidad de los intereses y comisiones que se hayan abonado estando vigente el contrato, así como las costas (honorarios de abogado y procurador) que se hayan devengado por el procedimiento. 

¿Si Media Markt me ofrece un acuerdo debo aceptarlo?

Los posibles acuerdos que sean ofrecidos por Media Markt siempre deben ser valorados previamente por nuestro Despacho antes de ser aceptados por el Cliente, pues debemos analizar qué tipo de acuerdo ofrecen, valorar las circunstancias de cada caso concreto y si las cantidades ofrecidas son correctas. 

Aunque ocurre muy ocasionalmente, en algunos casos hemos llegado a acuerdos extrajudiciales con la entidad bancaria y no ha sido necesario acudir a los tribunales, o, habiéndo iniciado el procedimiento, se ha llegado a un acuerdo que ha permitido finalizar el proceso sin necesidad de juicio. 

No obstante, según nuestra experiencia, en la mayoría de los casos los acuerdos son rechazados por el consumidor, pues generalmente Media Markt no ofrece la devolución total de las cantidades, sino que, se limita a ofrecer una reducción de la deuda y la devolución de una cantidad inferior a la que realmente le correspondería.

Además, en dichos acuerdos la entidad bancaria suele exigir una cláusula de renuncia de acciones. Esto quiere decir que, en caso de aceptar el acuerdo, no se podría iniciar un procedimiento judicial posterior para reclamar el resto de las cantidades que efectivamente correspondería devolver al consumidor.

Por lo tanto, todos los acuerdos que Media Markt pueda ofrecer deben ser revisados previamente por su abogado, que se asegurará de que éste sea favorable a sus intereses.

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¿Cómo va a ser el proceso cuando reclame?

El procedimiento de reclamación frente a la entidad bancaria es sencillo.

Una vez que el Cliente contacta con nuestro despacho, le daremos una cita, presencial o telefónica, para que nos explique sus circunstancias concretas y le solicitaríamos la documentación relativa a la tarjeta revolving que necesitamos, que suele ser el contrato, en caso de que se disponga del mismo, y los recibos de la tarjeta que Media Markt suele enviar a los consumidores.

Analizada la documentación y estudiado el caso concreto, si concluimos que efectivamente se puede reclamar a Media Markt porque el interés aplicado sea desproporcionado, daremos al Cliente un presupuesto cerrado de honorarios y, en caso de que sea aceptado, comenzaremos con la reclamación extrajudicial mediante el envío de burofax a la entidad financiera.

En caso de no obtener respuesta a dicha reclamación, o que la misma sea negativa, interpondremos la correspondiente demanda de juicio ordinario contra Media Markt, en la que se solicitará, con carácter principal, la nulidad total del contrato y, subsidiariamente, la nulidad de las cláusulas abusivas; y en consecuencia, la devolución de los intereses y comisiones abonadas en ambos casos.

Recibida la demanda por el Juzgado, la misma será notificada a Media Markt, quien tendrá un plazo de 20 días para contestar lo que estime oportuno.

Una vez contestada, el Juzgado fijará una fecha para celebrar la “Audiencia Previa”, primera fase del procedimiento a la que solo acuden los abogados y en la que, en primer lugar, se intenta llegar a un acuerdo con Media Markt. 

En caso de no conseguir acuerdo, y tras esta primera comparecencia, pasaríamos a la segunda fase, el juicio, donde se practicaría la prueba que se hubiera propuesto y admitido por el Juez.

No obstante, si no existen declaraciones o interrogatorios que practicar, el Juez dictará Sentencia sin necesidad de celebrar Juicio, terminando en este momento el procedimiento judicial.

Ejemplos de casos reales de reclamación por la tarjeta revolving de Media Markt.

A continuación, os relatamos dos ejemplos de casos reales de reclamación por tarjeta revolving contra la entidad Media Markt. El primero de ellos culminó con la consecuencia de un acuerdo en vía extrajudicial, beneficioso para nuestro Cliente; en el segundo caso, no habiendo sido atendido por la entidad nuestro requerimiento, nos vimos obligados a acudir a los Tribunales, terminando el procedimiento con una sentencia estimatoria por la que se condenaba a Media Markt a reintegrar al consumidor la totalidad de las cantidades abonadas en concepto de intereses comisiones y otros gastos, distintos al dinero que efectivamente fue prestado.

EJEMPLO 1: Consecución de acuerdo entre las partes en vía extrajudicial

En este supuesto, nuestro Cliente había concertado una tarjeta revolving en el año 2001 y en la misma se había pactado un TAE de 23,04%. Además, a fecha de la reclamación extrajudicial en el año 2021 el Cliente mantenía una deuda con la entidad de alrededor de 4.500€.

A fin de llegar a un acuerdo extrajudicial, remitimos a la entidad un burofax en octubre de 2021, solicitando la nulidad del contrato y en consecuencia, la devolución a nuestro Cliente de los intereses y comisiones abonadas.

A los pocos días, recibimos una propuesta de acuerdo por parte de la entidad, en la que ofrecían a nuestro Cliente la devolución de la cantidad de 3.065€ y la cancelación de la deuda que en dicha fecha mantenía.

Sin embargo, habiendo realizado el cálculo de las cantidades que Media Markt debería devolver a nuestro Cliente, siendo éstas más del doble de lo ofrecido por la entidad, no aceptamos el acuerdo propuesto.

No obstante, Media Markt volvió a ponerse en contacto con nosotros posteriormente, a fin de ofrecernos una segunda propuesta de acuerdo, en la que, finalmente ofrecían a nuestro Cliente la devolución inmediata de la cantidad de 8.166,82€ y la cancelación de la deuda que a dicha fecha mantenía.

Este último acuerdo sí fue aceptado por nuestro Cliente, por lo que Media Markt procedió a dar de baja el contrato de tarjeta suscrito, a la cancelación de la deuda que mantenía nuestro Cliente, y a la devolución de la cantidad acordada, resolviéndose todo el proceso en apenas unos meses. 

EJEMPLO 2: Sentencia estimatoria a favor del titular de la tarjeta revolving.

En este caso, se trataba de una tarjeta revolving contratada por nuestro Cliente en el año 2011, en la que se había pactado un TAE de 26,82%, si bien, la TAE media publicada por el Banco de España para las tarjetas revolving en el año 2011 era del 20,76%. 

Por tanto, comprobando que la diferencia entre la TAE pactada en el contrato y la TAE media publicada por el Banco de España, superaba los 6 puntos, confirmamos que los intereses eran usurarios, es decir, superior al interés normal y desproporcionado con las circunstancias del caso, por lo que interpusimos la correspondiente denuncia.

Tras la celebración de la Audiencia Previa, no habiendo más prueba que la documental, el procedimiento quedó a la espera de dictar Sentencia por el Juez, sin necesidad de celebración de Juicio.

Finalmente, el Juez dictó Sentencia estimatoria de la demanda, declarando nulo el contrato suscrito entre las partes por ser el interés usurario y condenó a Media Markt a devolver a nuestro Cliente la totalidad de las cantidades que habían sido abonadas en concepto de intereses, comisiones y otros gastos, es decir, todo lo pagado por el consumidor que excediese del dinero que efectivamente había dispuesto, y condenando a Media Markt al abono de las costas procesales causadas en el procedimiento.

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