Comisión por impago en tarjeta de crédito

Comisión por impago en tarjeta de crédito

¿Qué son las comisiones de una tarjeta de crédito? ¿Qué pasa si no pago las cuotas de mi tarjeta de crédito? ¿Cuándo te cobra el banco comisiones por tu tarjeta de crédito? ¿Cómo recurrir comisiones por impago de la tarjeta de crédito al banco o cómo solicitar su anulación? Carmen Agrasar Martínez, abogada experta en Derecho Bancario, responde a las preguntas más frecuentes que se plantean cuando nos encontramos ante esta situación.

¿Qué son las comisiones de una tarjeta de crédito?

El banco o entidad financiera en el contrato de suscripción de la tarjeta de crédito puede fijar distintos tipos de comisiones: comisión de mantenimiento, comisión de exceso de límite, comisión por impago… Son cláusulas que no son negociadas, contratos tipo que versan sobre condiciones generales de la contratación, en los que, si se quiere disfrutar del producto contratado, se debe pechar con todo el clausulado, aunque no estemos de acuerdo, como en el caso de las comisiones. 

El hecho de que el banco cobre periódicamente una comisión de mantenimiento o que cada vez que el cliente tarde en pagar una cuota automáticamente se le cobre una comisión por impago no significa que esta práctica sea legal.

¿Qué pasa si no pago las cuotas de mi tarjeta de crédito?

Si un mes la cuota de la tarjeta de crédito se devuelve voluntaria o involuntariamente (por ejemplo, porque no haya fondos en la cuenta corriente para afrontar su pago), el banco o entidad financiera automáticamente cobra una comisión por impago, que suele oscilar entre los 15 y los 30 euros, generalmente. De este modo, cuando el banco vuelva a cargar el recibo, lo hará con esta comisión por impago, incrementando la cuota.

Además, el banco o entidad financiera muy posiblemente incremente asimismo intereses de demora por pago tardío. De este modo, el impago de una única cuota hace que dicha cuota se incremente, en ocasiones, a más del doble.

¿Cuándo te cobra el banco comisiones por tu tarjeta de crédito?

En el contrato de tarjeta de crédito se detallan los distintos tipos de comisiones, y el momento en que se procederá a su devengo.

Por ejemplo:

La comisión por impago, como indiqué anteriormente, se devengará en el mismo momento en el que el recibo no sea atendido a tiempo y se produzca el impago, aunque sea cuestión de horas. El banco o entidad financiera pasará al cobro dicha cuota de nuevo, incrementada con la comisión por impago.

Otro tipo de comisión es la comisión por exceso de límite, que se devenga en el momento en que el cliente traspasa el límite de su tarjeta de crédito.

Por ejemplo:

Si tiene un crédito de 3.000 euros de los cuales tiene disponibles 125 euros, si realiza una compra de 150 euros con su tarjeta de crédito, el cliente se habrá excedido 25 euros del límite establecido. En ese momento se devenga la comisión, que incrementará la cuota del mes siguiente.

Otro tipo de comisión es la de mantenimiento de la tarjeta, que se suele cobrar una vez al año, o en ocasiones dos veces al año, por el simple hecho de tener la tarjeta de crédito contratada.

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Recurrir comisiones por impago de la tarjeta de crédito al banco

Como señalé anteriormente, el hecho de que el banco cobre todo tipo de comisiones y que éstas aparezcan reflejadas en los contratos de tarjeta de crédito, no significa que sea legal.

La Jurisprudencia ha establecido que solamente se podrán cobrar comisiones por impago si se demuestra por parte del banco o entidad financiera que se ha incurrido en un gasto para reclamar dicho impago. En caso de que no sea así (que es lo que sucede en la inmensa mayoría de las ocasiones), el banco o entidad financiera no tiene derecho a cobrar estas comisiones por impago. En la mayor parte de las ocasiones es un programa automatizado que carga la comisión en el momento en el que el recibo no es atendido en plazo, por lo que no se genera ningún gasto al banco, y al cliente se le está causando un perjuicio económico. 

Además, en muchas ocasiones se da una doble penalización al cliente, pues por un lado el banco le cobra intereses de demora hasta que se ponga al día en el pago de la cuota y, por otro, le cobra la comisión por impago. Esta práctica también se considera abusiva.

¿Cómo puedo solicitar la anulación de las comisiones por impago de mi tarjeta de crédito?

En primer lugar, debemos tener una copia del contrato de la tarjeta de crédito, para poder solicitar la nulidad de la cláusula que estipula el cobro de las comisiones por impago. En caso de no contar con el contrato, se puede solicitar al banco o entidad financiera a través de una reclamación extrajudicial.

Pero para poder recuperar el dinero pagado en concepto de comisiones por impago, debemos poder demostrar que dichas comisiones han sido cobradas: es posible que un contrato incluya la existencia y posibilidad de cobro de comisiones por impago pero que nunca se la hayan cobrado al cliente, porque nunca se haya retrasado en el pago. En este caso el juez anularía la comisión, impediría que se cobrase en un futuro, pero el cliente no obtendría la devolución de cantidad alguna. 

Por eso es importante contar con un abogado especializado en Derecho bancario, que pueda asesorar a cada cliente en su caso concreto para valorar la documentación que necesita para obtener el mejor resultado a su reclamación.

¿Quieres contactar con la experta en Derecho Bancario, Carmen Agrasar Martínez? Solicitar llamada.

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