¿Alguna vez has sufrido una caída en la vía pública? Si es así, es posible que te hayas preguntado si tienes derecho a recibir una indemnización por los daños sufridos. En este artículo, explicaremos en detalle el tema de la indemnización por caída en vía pública, brindándote información valiosa sobre tus derechos y cómo puedes buscar una compensación justa. Sigue leyendo para conocer los aspectos clave de este importante tema legal.
¿Qué debes hacer si te caes en la calle?
En primer lugar hay que tener en cuenta que no todas las caídas en la vía pública son indemnizables. Teniendo esta idea clara, en caso de sufrir un accidente, como primera actuación debemos llamar a los servicios de emergencia para ser asistidos en el lugar.
Ser asistidos en lugar por los servicios públicos es muy importante, en particular la actuación de la Policía, por la ayuda que pueden prestar al accidentado y por la fiabilidad de la prueba que pueden aportar en un posible proceso judicial posterior.
Antes de abandonar el lugar, tomar fotografías, hablar con los testigos solicitando sus datos de contacto. Si debido a las lesiones no fuera posible esta recopilación de información en el momento, pedir a alguien de los presentes que lo haga por usted. Poder probar el hecho es fundamental.
Posteriormente, localizar posibles testigos de accidentes anteriores, averiguar si hay actuaciones policiales por hechos similares y anteriores. Asimismo, conviene volver al lugar y realizar un reportaje fotográfico del lugar antes de ser reparado y, si es posible, de después.
En definitiva, es necesario recopilar el mayor número de pruebas posible que nos permita acreditar que el hecho sucedió, en el día y lugar, así como de las condiciones de la vía. Esta recopilación de pruebas hará más sencillo la reclamación posterior.
¿De quién es la responsabilidad si te caes en la calle?
Dentro de este tipo de accidentes la casuística es enorme, recordando que nuestros Tribunales en numerosas sentencias afirman que las Administraciones no se pueden convertir en una suerte de aseguradora universal que cubra todos los daños que se puedan sufrir los particulares en estos casos.
Para que la responsabilidad por una caída en la calle recaiga sobre la administración deben darse varías circunstancias, que de manera muy resumida serían las siguientes:
- Sufrir una lesión en sus bienes o derechos hecho que el ciudadano no tenga el deber de soportar.
- Que se trate de un hecho imputable a la Administración, es decir, que sea debido al mal funcionamiento de los servicios públicos o incluso motivado por la actividad normal de los servicios.
- Como ejemplos, en el caso de funcionamiento normal de los servicios la responsabilidad que genere una indemnización por las lesiones sufridas, sería el caso de una obra que genera un beneficio social, pero a una persona concreta le causa una lesión que no tiene el deber de soportar.
- En el caso de funcionamiento anormal, nos encontramos con infinidad de situaciones en las que por dejadez, falta de mantenimiento de las vías públicas, etc., se crean obstáculos que deberían ser reparados y que finalmente causan una lesión.
- En todos los casos hemos de acreditar que el hecho ha sido como consecuencia de la mala actuación de la Administración, es decir acreditar la relación de la causa con el hecho.
- Cuando reclamamos la indemnización, debemos tener en cuenta, que nos vamos a ver obligados a demostrar que no ha sido por nuestra culpa (distracción, deportes de cierto riesgo, actividades peligrosas, etc.).
- También es necesario tener claro si han intervenido terceros, otras administraciones públicas, etc., que puedan hacer que se trate de una responsabilidad compartida, muy importante en el momento de reclamar.
En definitiva, para establecer de quién es la responsabilidad, es necesario realizar un estudio de cada hecho, donde se incluyan todas las variables posibles, entre las que deben encontrarse la individualización, una evaluación económica, ausencia de fuerza mayor, etc. Además de todo lo expuesto en los puntos anteriores.
¿Cuál es el plazo para reclamar la indemnización?
Para presentar la reclamación de la indemnización disponemos de un año desde el día en que sucedió el hecho.
Ahora bien, este plazo se ve ampliado al permitirse realizar la reclamación una vez se haya recuperado de las lesiones sufridas o se hayan determinado las secuelas que dejan las lesiones.
El momento ideal será en el segundo de los casos, donde se podrá realizar una valoración económica real de la lesión sufrida, del tiempo de baja en el trabajo, gastos derivados de la lesión sufrida en la caída, etc.
¿Qué pasos hay que seguir para reclamar la indemnización?
Los pasos a seguir para reclamar una indemnización por una caída en la vía pública son relativamente sencillos, en realidad se trata de una solicitud dirigida al Ayuntamiento.
Ahora bien, no será muy útil presentar un escrito en el Ayuntamiento diciendo que te has caído en la acera y te has roto un tobillo, ese escrito debe estar correctamente redactado y exponiendo el hecho las causas y la evaluación económica de la reclamación.
Para presentar la reclamación, en primer lugar debemos tener en cuenta si estamos dentro del plazo del año.
En segundo lugar, presentar el escrito confeccionado, acompañado de cuanta documentación dispongamos sobre la caída, las lesiones y los gastos afrontados.
Habitualmente, los Ayuntamientos no acceden a pagar una indemnización, salvo casos muy excepcionales y que todo esté muy bien acreditado. Por ello, contestarán de forma negativa o ni contestaran, lo que motivará que podamos continuar nuestra reclamación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
¿Cuánto me van a pagar de indemnización?
Las cuantías de las indemnizaciones están relacionadas con el daño sufrido, es decir, se abonarán en función de los días de internamiento en Hospital, días de baja médica, en determinados casos por daños morales, lucro cesante y finalmente por los gastos derivados de la lesión.
Todos las cantidades reclamadas deben estar perfectamente acreditadas documentalmente, siendo fundamental la recopilación sistemática de facturas, albaranes, documentos, etc., durante el periodo de recuperación.
Asimismo, es muy importante acreditar en lucro cesante y en los gastos que se soliciten, la relación con el hecho y por qué son sufridos como causa del accidente, cuestiones en algunos casos complejas y difíciles de acreditar.
En resumen, cada caso es completamente diferente y debe ser analizado de forma individual antes de realizar la reclamación.
¿Qué pasa si el ayuntamiento no reconoce su responsabilidad?
Como hemos comentado anteriormente, no es habitual que los Ayuntamientos reconozcan su culpabilidad y procedan al pago de una indemnización al ciudadano.
El ayuntamiento, al dirigirse al ciudadano para denegar la reclamación, deberá notificar la resolución de un expediente, en el que informe de los motivos de acceder a la reclamación, ofreciendo un plazo para realizar un recurso de reposición o acudir a los Juzgados.
La otra posibilidad es que no resuelva y deje transcurrir el tiempo, dejando libre de esta forma la opción de acudir a los Tribunales para efectuar la reclamación.
En cualquiera de los dos casos, la única opción que le queda a una persona que ha sufrido una caída en la vía pública por el mal estado de conservación, es acudir a los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la provincia mediante un recurso contencioso-administrativo.
¿Por qué necesitas a un abogado experto para llevar tu caso?
En este tipo de casos, es muy conveniente consultar con un abogado especializado desde el primer momento, será el que podrá realizar una valoración de todas las circunstancias del caso y orientar sobre los pasos a seguir.
En esta orientación inicial, en primer lugar valorará cuál es la mejor opción, entre ellas la de no acudir a tribunales o iniciar un pleito que no tiene posibilidades de éxito, asesoría que es muy valiosa al evitar gastos indebidos para la víctima.
Por otro lado, una estudiada la viabilidad del asunto, el abogado aconsejará sobre los documentos necesarios, redactará la solicitud inicial al Ayuntamiento de forma que luego pueda ser utilizada en el recurso judicial.
Finalmente, recordar que una reclamación mal realizada, con errores en la forma o en el fondo, es difícil de rehacer posteriormente y en la mayor parte de las ocasiones conlleva la pérdida de los derechos de los ciudadanos, recomendando que desde el inicio se realice correctamente.
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