Licencia de primera ocupación para viviendas antiguas

Licencia de primera ocupación para viviendas antiguas

Licencia de primera ocupación para viviendas antiguas: ¿Qué es? Regulación de licencia de primera ocupación para viviendas antiguas. ¿Cuándo puede ser denegada? ¿Cómo obtenerla? Requisitos para la obtención de la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas. Precio. En este artículo, Fernando Ortega Cano, abogado experto en Derecho Urbanístico, responde a todas las preguntas que puedan surgir en relación a la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas.

Introducción

La licencia de primera ocupación para viviendas antiguas es similar a aquella que se tramita para una nueva vivienda.

Esta licencia certifica que la vivienda cumplió con todos los requerimientos incluidos en el proyecto técnico de construcción presentado ante el ayuntamiento, por el que le fue otorgada la licencia de construcción.

La licencia de primera ocupación señala también que la vivienda cumple con todos los requisitos y condiciones establecidos por las normas urbanísticas para ser destinada a uso residencial.

Esta licencia además sirve para confirmar que la vivienda satisface las normas de salubridad y seguridad; y es requerida para dar el alta a los servicios (como agua, electricidad, gas) y para gestionar la escritura de la vivienda.

¿Qué es la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas?

La licencia de primera ocupación para viviendas antiguas es la que se otorga para poder ocupar una vivienda antigua que ha sido renovada o refaccionada.

La licencia la otorga el ayuntamiento luego de realizar una inspección y garantizar que se haya ejecutado el proyecto técnico aprobado cuando se aprobó la licencia de obra.

Con esta licencia se garantiza que la vivienda antigua ahora reúne las condiciones de seguridad y salubridad necesarias para ser habitada, y es condición imprescindible para dar de alta los servicios o modificar las escrituras de la vivienda.

En algunas comunidades autónomas esta licencia es también un trámite previo al de la cédula de habitabilidad, aunque en otras con la licencia de ocupación ya se puede habitar la vivienda.

La licencia de primera ocupación no tiene un coste fijo, va a variar dependiendo de los requisitos solicitados por cada ayuntamiento, las tasas e impuestos, y el pago de técnicos o profesionales si es necesario presentar un certificado descriptivo y gráfico.

Fernando Ortega Cano, abogado experto en Derecho Urbanístico.

Regulación de licencia de primera ocupación para viviendas antiguas

Cada comunidad autónoma y cada ayuntamiento tienen su propia legislación urbanística, con normas variables en torno a los requisitos para otorgar la licencia de primera ocupación.

Pero en general los trámites se hacen a través del ayuntamiento, por lo que es importante informarse en su oficina de urbanismo en torno a los pasos a seguir.

Existen además otros tres decretos nacionales que regulan las normas urbanísticas y se relacionan con esta licencia.

Los tres decretos son:

En general, la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas debe seguir los mismos pasos que en la tramitación de la licencia de primera ocupación de una nueva vivienda, con excepción de aquellas viviendas en las que no se hayan hecho modificaciones, en cuyo caso se siguen otras pautas.

¿Cuándo puede ser denegada la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas?

La licencia de primera ocupación para viviendas antiguas puede ser denegada cuando la obra realizada en la vivienda no se corresponde con el proyecto técnico con el que se aprobó la licencia de obra, o cuando no se hace la solicitud de la licencia en los tiempos previstos, y ha habido variaciones en la normativa urbanística del ayuntamiento o la comunidad autónoma.

En el caso de viviendas antiguas donde no se hicieron trabajos de refacción o renovación, la licencia de primera ocupación puede ser denegada si en la inspección realizada por técnicos del ayuntamiento se constata que hay problemas de seguridad o salubridad, o dificultades para que sea viable el acceso a los servicios básicos.

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¿Cómo obtener licencia de primera ocupación para viviendas antiguas?

Para obtener la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas se deben seguir los pasos pautados por las normas urbanísticas comunitarias y del ayuntamiento.

Los trámites deben realizarse por lo general en el ayuntamiento y los recaudos incluyen copia del DNI del titular de la vivienda, llenar la solicitud de licencia de primera ocupación, el certificado original de fin de obra, etc.

Si no hubo reconstrucción es posible que la Administración pida otros recaudos, como un certificado descriptivo que garantice el buen estado de la vivienda.

Requisitos para la obtención la licencia de primera ocupación para viviendas antiguas

Viviendas antiguas renovadas:

Las viviendas antiguas deben cumplir con los mismos requisitos de una vivienda nueva, sobre todo cuando han sido objeto de renovación y reparaciones.

Los requisitos solicitados en los ayuntamientos por lo general son los siguientes:

  • Copia del DNI o del CIF del titular de la vivienda:
  • Solicitud de licencia de primera ocupación
  • Acta de recepción definitiva de obras
  • Licencia municipal de obra
  • Certificado de finalización de obra
  • Comprobantes de pago de tasas e impuestos
  • Protocolo de instalación de telecomunicaciones
  • Certificado de instalación eléctrica y sistema de protección de incendios.

Y es posible que el ayuntamiento correspondiente solicite otros certificados en torno a la instalación y seguridad de los servicios.

Viviendas antiguas sin renovar:

En el caso de viviendas antiguas donde no se realizó ninguna modificación y se está solicitando la licencia de primera ocupación, es necesario acompañar la solicitud con un certificado descriptivo y gráfico, realizado por un técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que conste que la vivienda está en condiciones de ser habitada.

Este certificado debe incluir la identificación catastral y el registro del inmueble, la descripción del estado de conservación de la vivienda y de sus instalaciones.

Y también debe ir acompañado por certificaciones emitidas por las empresas que prestan servicios indicando que las redes de la vivienda son aptas y accesibles.

Estos requisitos pueden variar de acuerdo con las distintas normativas de ayuntamientos y comunidades autónomas.

Precio licencia de primera ocupación para viviendas antiguas

La licencia de primera ocupación no tiene un coste fijo, va a variar dependiendo de los requisitos solicitados por cada ayuntamiento, las tasas e impuestos, y el pago de técnicos o profesionales si es necesario presentar un certificado descriptivo y gráfico, como puede pasar en viviendas antiguas que no sufrieron modificaciones, pero se encuentran aptas para ser habitadas.

Los precios pueden oscilar entre los 400 y los 3.000 euros, que se puede promediar en 1.900 euros.

El procesamiento y la entrega de la licencia puede tardar unos tres meses a partir del momento en que se hace la solicitud (que debe realizarse apenas se obtiene el certificado de fin de obra).

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