¿Cómo sacar una licencia de construcción?

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Para sacar una licencia de construcción te tienes que dirigir al ayuntamiento en donde quieras construir. En función del ayuntamiento y lo modernizado que esté, podrás solicitarlo por internet o en persona, por ejemplo, Santiago de Compostela.

Lo primero que tienes que hacer es pedir una cita previa en el ayuntamiento, debidamente asesorado por un abogado especialista en instrumentos de ordenación territorial, para que puedas iniciar el expediente y dejar constancia al equipo técnico del ayuntamiento sobre tu intención de construir, a fin de que los trámites se agilicen. Tu arquitecto debe facilitarte el proyecto técnico visado por el colegio de arquitectos que corresponda para que lo puedas presentar en el ayuntamiento y se valore por el arquitecto del ayuntamiento. En el caso de que se rechace el proyecto, se indicarán las modificaciones que debe incluir para ser aceptado. En caso de que se acepte el proyecto, antes de iniciar la obra debes pagar la tasa que estipule el ayuntamiento, que normalmente depende de los metros cuadrados. El proyecto técnico debe incluir un plano cartográfico, un plano de situación, planos del edificio preexistente, una memoria descriptiva de las obras, un presupuesto con mediciones detalladas por partidas, pliego de condiciones, descripción fotográfica, entre otros documentos. En casos especiales es necesario también un estudio de seguridad y salud, una descripción de las zonas e instalaciones que necesiten reparaciones, etc. 

Dependiendo del ayuntamiento habrá un tipo u otro de ordenanza municipal según el plan general de ordenación urbanística del municipio. 

La licencia de obras hace falta porque el ayuntamiento debe garantizar que se cumple con la normativa y la seguridad de las personas, y que las obras no afectan a la integridad del edificio. No sólo pueden pedir la licencia las personas físicas, también las personas jurídicas (empresas) o comunidades de bienes o propietarios. 

Los costes varían en función del municipio: la tasa urbanística no siempre hay que pagarla, y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) el precio es del 4% del presupuesto de la obra sin IVA. Además, claro está, de los costes que supongan el informe del arquitecto. 

¿Qué es la ordenación territorial?

La ordenación territorial es la organización de las obras y edificaciones en un territorio municipal o autonómico para proteger los intereses generales de todos los ciudadanos frente a los intereses de una persona que quiere hacer una construcción. Por ejemplo, la ordenación territorial impide a una persona hacer una construcción sin respetar los metros mínimos de distancia que tiene que haber con la línea de costa. El ordenamiento territorial se organiza a través de instrumentos de ordenación territorial. 

El ordenamiento territorial permite prever las planificaciones de edificación que permitan, por un lado, el desarrollo industrial de una zona protegiendo el medio ambiente y por otro, equilibre la importancia de los intereses generales de proyección económica y de salubridad del entorno. Los objetivos de la ordenación territorial radican en mejorar la calidad de vida de las personas, gestionar con responsabilidad los recursos naturales, proteger el medio ambiente, un uso racional del territorio, etc. Los instrumentos de ordenación territorial en España son de competencia autonómica por lo que en cada comunidad autónoma hay diferentes normas, pero todas son similares en la medida en la que la ley que regula las bases es nacional, lo que faculta de uniformidad al resto de regulaciones. 

El ordenamiento territorial se conceptúa como una estrategia de planificación para lograr un desarrollo sostenible y la calidad de vida de los ciudadanos. La idea es facilitar el desarrollo industrial de forma competitiva pero respetuoso con el medio ambiente y sostenible a nivel de impuestos. 

Se prevén instrumentos regionales de ordenación para construir el marco en el que todas las acciones que lleven a cabo las Administraciones de las Comunidades Autónomas estén vinculadas. También existen los planes subregionales o parciales de ordenación del territorio para ordenar áreas supralocales similares. Hay todavía más específico, como los instrumentos de ordenación de territorio de carácter sectorial consistentes en planes sectoriales de las comunidades autónomas con incidencia sobre el territorio para someterlos a un mecanismo de coordinación territorial. 

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