Inclusión social para personas con discapacidad: ¿Cómo puntúa en licitaciones de concursos públicos?

Inclusión social para personas con discapacidad: ¿Cómo puntúa en licitaciones de concursos públicos?

Inclusión social para personas con discapacidad: ¿Cuándo se considera que una persona tiene una discapacidad a efectos de licitación de concurso público? ¿Cuáles son los criterios para contratar a una persona con discapacidad en una empresa que aspira a un contrato con la Administración? ¿Cómo va a influir la inclusión social para personas con discapacidad en la puntuación de una empresa que está en una licitación de concurso público? Regulación de los contratos para personas con discapacidad en licitaciones. ¿Qué impacto tiene la contratación de una persona con discapacidad en la empresa que tiene una concesión pública? En este nuevo artículo del abogado experto en Derecho de la Contratación Pública, Fernando Ortega Cano, conoceremos todo lo relacionado con la inclusión social de las personas con discapacidad.

Introducción

La inclusión social para personas con discapacidad es parte de los programas de gobierno y de la política social de muchos Estados desde que se aprobó en 2006 la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas.

España fue uno de los primeros países en ratificar la Convención, en 2008, y esta decisión se materializó cinco años después, a través del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.

Es por ello por lo que, en la licitación de concurso público, la inclusión social para personas con discapacidad ha adquirido relevancia, ya que favorecen una mejor puntuación para aquellas empresas que participan en las licitaciones.

¿Cuándo se considera que una persona tiene una discapacidad a efectos de licitación de concurso público?

A efectos de licitación de concurso público se considera que una persona tiene una discapacidad cuando cumple con las previsiones del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.

En este artículo se consideran personas con discapacidad a “aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás”.

Y agrega que “tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento”.

En el mismo artículo se indica cómo determinar qué personas tienen este porcentaje de discapacidad:

Aquellos pensionistas de la Seguridad Social que tengan una pensión de incapacidad permanente, en grado de “total, absoluta o gran invalidez”, y aquellos pensionistas de clases pasivas (funcionarios públicos jubilados o incapacitados) con una pensión de jubilación por incapacidad permanente.

La inclusión social para personas con discapacidad favorecerá la puntuación de la empresa en una licitación pública.

Fernando Ortega Cano, abogado experto en Derecho de la Contratación Pública.

¿Cuáles son los criterios para contratar a una persona con discapacidad en una empresa que aspira a un contrato con la Administración?

En primer lugar, si quieres participar en una licitación de concurso público debes cumplir con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, es decir, que si tienes una nómina con 50 trabajadores o más, al menos un 2 % debe estar por trabajadores con discapacidad.

El modo de practicar la inclusión social para personas con discapacidad al incorporarlas a una empresa que busca contratos con la Administración se debe hacer siguiendo los siguientes criterios:

  • Que tenga una discapacidad igual o superior al 33 %, reconocida por un organismo competente, o por la Seguridad Social.
  • Que esté inscrito en el Servicio Público de Empleo.
  • Que no haya tenido vínculo o un contrato similar con la empresa en los últimos 24 meses. Esta última condición se puede obviar si la discapacidad de la persona puede crearle dificultades mayores, como en los casos de parálisis cerebral, o con discapacidad intelectual.

¿Cómo va a influir la inclusión social para personas con discapacidad en la puntuación de una empresa que está en una licitación de concurso público?

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, establece en su artículo 145 (“Requisitos y clases de criterios de adjudicación de contratos”), que uno de los factores a considerar en una licitación es el de las características sociales, entre las que se incluyen el:

“fomento de la integración social de personas con discapacidad, personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables entre las personas asignadas a la ejecución del contrato y, en general, la inserción sociolaboral de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social”.

La inclusión social para personas con discapacidad favorecerá la puntuación de la empresa en una licitación pública.

Regulación de los contratos para personas con discapacidad en licitaciones

La legislación española contempla cinco modalidades de contratos para garantizar la inclusión social para personas con discapacidad:

  • Regulación del contrato indefinido para personas con discapacidad.
  • Contrato de trabajo temporal celebrado con personas con discapacidad.
  • Contrato para la formación y el aprendizaje de personas con discapacidad.
  • Contrato en prácticas para personas con discapacidad.
  • Contrato de trabajadores con discapacidad procedentes de Centros Especiales de Empleo o enclaves laborales.

La puntuación en una licitación de concurso público va a depender, naturalmente, del tipo de contratación del trabajador con discapacidad.

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¿Qué impacto tiene la contratación de una persona con discapacidad en la empresa que tiene una concesión pública?

En España, actualmente hay 4,3 millones de personas con alguna clase de discapacidad, casi 2 millones de ellos en edad de trabajar (entre los 16 y los 64 años), de los que solo 699.000 estaban trabajando en 2020.

Por eso, para el Estado y las comunidades autónomas es tan importante incentivar la contratación y la inclusión social para personas con discapacidad.

Además de favorecer su puntuación en las licitaciones, las empresas perciben otros beneficios al contratar personas con discapacidad. Hablamos de ventajas corporativas y económicas.

Entre las corporativas podemos mencionar:

  • Favorece la reputación de la empresa, al mostrar responsabilidad social y el compromiso con personas que están afectadas por alguna discapacidad. El Estado y la sociedad ven con mejores ojos a las empresas que practican la inclusión social.
  • Cambia positivamente el clima laboral al diversificar las relaciones sociales y personales dentro de la empresa. Ayuda a romper estereotipos y a sensibilizar a los trabajadores.
  • Los trabajadores discapacitados son con frecuencia muy buenos trabajadores, y poseen una experiencia laboral anterior que va a beneficiar a la empresa.

Entre las económicas, hay que mencionar que el Estado y las comunidades autónomas recompensan, por decirlo así, a las empresas que incluyen personas con discapacidad entre sus trabajadores, básicamente de tres maneras:

  • Bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social, que van a depender del grado de discapacidad, edad y sexo del trabajador; y del tipo de contrato, siendo mayor si se trata de un contrato indefinido.
  • Deducción del Impuesto de Sociedades.
  • Subvención para la adaptación del puesto de trabajo y la eliminación de barreras físicas o arquitectónicas, para facilitar el acceso al trabajador con discapacidad.

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