Adaptación del puesto de trabajo por motivos de salud en funcionarios

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La ley de prevención de riesgos y salud laboral prevé que las Empresas y la Administración deberán adoptar las medidas necesarias para que el funcionario o trabajador público pueda desarrollar sus funciones por motivos de salud. Encuentra en nuestro blog todo lo relacionado a la adaptación del puesto de trabajo por motivos de salud en funcionarios. Explicado por el experto en Derecho de la función pública, Ramón Figuera Palacios.

¿Quiénes pueden solicitar la adaptación al puesto de trabajo siendo funcionarios?

Todo funcionario que tenga una dolencia, sea física o psíquica, pueda solicitar la adaptación del puesto de trabajo, que puede consistir tanto en la modificación de la jornada como en la forma de realizar la actividad. Por ejemplo , piénsese en un funcionario de los Cuerpos de Seguridad sometido a turnos de trabajo de mañana, tarde, noche y que por ejemplo presente dificultades para dormir, o bien que tenga problemas para permanecer en situación de sentado , o de pie largos periodos de tiempo.

En general ,pues puede pedir la adaptación del puesto de trabajo, aquel funcionario que posee limitaciones que non suficientes para obtener una declaración de invalidez permanente , sea total o absoluta. No debe confundirse con la adaptación horaria para conciliar la vida familiar.

Denegar la medida en contra del criterio del Tribunal Médico no sólo implicaría que el órgano administrativo pudiera incurrir en una prevaricación administrativa con trascendencia penal sino que vería su defensa abocada al fracaso en un proceso judicial con serio riesgo de condena en costas por temeridad.

Ramón Figuera Palacios, experto en Derecho de la función pública.
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Medidas para la adaptación al puesto de trabajo

Son las necesarias para que el funcionario pueda ejercer sus funciones, si tomamos los ejemplos que hemos citado , en el caso del funcionario que tiene dificultades de sueño, debería consistir en la adaptación del horario, suprimiéndole el turno de noche, si tomamos el del policía que tiene problemas de bipedestación eximiéndole de realizar labores de seguridad ciudadana que consistan en patrullar, es decir la adaptación tiene que ir vinculada a la casuística concreta que afecta al motivo de salud invocado, pudiendo llegar , incluso, a un traslado de puesto de trabajo a otra localidad.

¿Cómo solicitar la adaptación del puesto de trabajo?

El funcionario deberá dirigir una instancia al órgano del cual dependa , aportando cuantos informes médicos disponga y planteando cual es la adaptación que necesita al puesto de trabajo por motivos de salud.

La Administración, normalmente ,a través de un Tribunal Médico, o del Servicio Médico del Servicio de Riesgos Laborales, valorara si reúne los requisitos, y procederá a través de una resolución motivada a la adaptación del puesto de trabajo, que puede consistir en adaptación de jornada, traslado a otro puesto menos penoso, adecuarle los medios de trabajo, etc.

¿Es obligatoria la adaptación de mi puesto de trabajo por motivos de salud?

La respuesta es si, siempre que el Tribunal Médico lo haya avalado. Normalmente las discrepancias surgen en cuanto a la medida concreta de adaptación del puesto de trabajo por motivos de salud.

Denegar la medida en contra del criterio del Tribunal Médico no sólo implicaría que el órgano administrativo pudiera incurrir en una prevaricación administrativa con trascendencia penal sino que vería su defensa abocada al fracaso en un proceso judicial con serio riesgo de condena en costas por temeridad.

¿Qué ocurre si no quieren adaptar mi puesto de trabajo por motivos de salud siendo funcionario?

Nos podemos encontrar con tres supuestos:

a)La administración no nos contesta. Hay que entender desestimada la petición. Lo pertinente seria interponer un Recurso en vía Administrativa y luego recorrer a la jurisdicción contenciosa administrativa

b) Que la solicitud sea denegada por la Administración. Normalmente será no porque niegue la causa sino porque considera que no puede llevar a cabo la adaptación. Imaginemos que el motivo de salud indicado es de carácter psíquico y que la recomendación sea un cambio de localidad.

La normativa nos dice:

»La Administración General del Estado podrá adscribir a los funcionarios a puestos de trabajo en distinta unidad o localidad, previa solicitud basada en motivos de salud o rehabilitación del funcionario , su cónyuge o los hijos a su cargo, con previo Informe del servicio médico oficial legalmente establecido y condicionado a que existan puestos vacantes con asignación presupuestaria cuyo nivel de complemento de destino y específico no sea superior al del puesto de origen, y se reúnan los requisitos para su desempeño. Dicha adscripción tendrá carácter definitivo cuando el funcionario ocupara con tal carácter su puesto de origen «.

Pero siguiendo con el ejemplo , el funcionario esta en Alicante y la recomendación es su traslado a Galicia, pero la administración dice que allí no tiene plaza, pues bien , a pesar de ello, vendrá obligada a buscarle una plaza. En este sentido el TSJ de Galicia incluso concedió una indemnización por la negativa de la administración .

c) La administración hace una adaptación insuficiente a juicio del funcionario, ello obligaría a efectuar un Recurso en vía administrativa y acudir a la vía judicial, naturalmente ello puede provocar un aumento de la patología y puede ser susceptible de responsabilidad patrimonial de la administración y por tanto sujeto a indemnización económica.

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5 comentarios en “Adaptación del puesto de trabajo por motivos de salud en funcionarios”

  1. Buenas tardes. Voy a presentarme a un concurso específico y ahora lo hago teniendo una discapacidad del 48%, si bien en su momento obtuve la plaza por turno libre. Quisiera saber si debo consignar mi padecimiento -temo el estigma- y si éste se puede valorar negativamente y suponer un hándicap a la hora de obtener la plaza.

    Gracias

  2. Hola, soy enfermera interina, con un grado de discapacidad de 35% por TEA 1, he tenido muchos problemas para que me adapten, o no, los puestos de trabajo en sanidad, concretamente en un hospital/departamento de salud en donde vivo, bien por que eran demasiado complejos (una planta de hospitalización) o bien por discriminación laboral ya que me han puesto muchos problemas desintegrandome despues de integrarme plenamente en un centro de salud en 2021 (y sumiendome en un sindrome ansioso-depresivo del que todavia no he conseguido salir). Ahora estoy cubriendo una excedencia de 3 meses en unas consultas externas (para realizar pruebas funcionales de otorrinolaringologia) y la misma medico de PRL de 2021 me ha puesto apto en observación (que en la ley de PRL no consta como resultado de examen de reconocimiento medico laboral) y se niegan a darme la copia del informe de dicho reconocimiento por orden de la medico de PRL. Además de que dicha medico me dice que no tengo opcion a adaptacion del puesto de trabajo puesto que mi discapacidad es previa a coger el puesto de trabajo ¿?¿? y que tampoco tengo derecho a cambio de puesto de trabajo (a otro de enfermera en otro menos expuesto a estrés o a otro en donde se hagan otras tareas de enfermeria que, por ejemplo ya sepa realizar o que se adeqüen a mi perfil). Es eso verdad o solo estan haciendome acoso laboral ??

  3. Soy funcionaria interina, desde hace 20 años y estoy a la espera de que me apliquen la nueva ley de adjudicación de plaza. Mientras esto llega, he tenido una lesión que me ha llevado a estar 1 año de baja y la doctora de la seguridad social que me está tratando, ha puesto en el informe que recomienda la adaptación de mi puesto.
    Estoy con un plazo concedido de prorroga de 6 meses después del año y me vence en septiembre.
    No sé si al ser interina, tengo derecho a pedir que me adapten el puesto o puedo ser despedida.
    Tampoco sé a la hora de presentar los documentos para la consolidación del puesto, al presentar el documento obligatorio de certificado de capacidad para la funciones, tendré algún problema
    Gracias

  4. Ramon Hernández Rumbo

    Funcionario, 36 años de servicio de profesor de FP, discapacidad 33% síndrome de menoere , resolución adaptación puesto de trabajo reconocida por
    riesgos laborales Junta Extremadura, el equipo directivo del instituto interpreta que su resolución son » recomendaciones»
    PRL: otorga adaptar comunicaciones y dotar medios, otorga trabajo online, ya que existe esa modalidad en en instituto.
    Que hacer?

  5. Soy funcionaria, maestra de educación infantil. Trabajo en un centro con niños de tres a seis años. Voy a cumplir 54 años pero tengo bastantes patologías , a nivel de reumatología padezco una fibromialgia secundaria a depresión. A nivel de traumatología padezco de una tenosinovitis de quervain bilateral , una estenosis neuroforaminal bilateral de L5, secundaria a espondiloartropia hipertrófica bilateral de predominio izquierdo a protusión discal central. A nivel vascular padezco lipedema grado 1 con mucho dolor y recomendación de no permanecer grandes períodos de pie, así como evitar temperaturas altas, en los colegios no tenemos aire acondicionado y con el calor la inflamación es insostenible. A nivel de neurología padezco de migrañas diarias e insomnio, arrastrando una depresión por la que también estoy medicada. Mi problema es enfrentarme al aula todos los días a nivel físico y mental con 22 alumnos del ciclo de educación infantil desde los 3 años a los 6 años. Como puedo solicitar una adaptación al puesto de trabajo. Pertenezco a la Comunidad de Madrid, soy funcionaria del cuerpo de maestros y la escuela para mí se hace muy complicada.

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