La especialidad de delitos de menores o delitos cometidos por menores no constituye en sí misma una especialidad principal, sino complementaria, dado que un menor puede cometer cualquier tipo de delito.
Es conveniente acudir a un especialista en delitos de menores cuando el delito haya sido cometido por personas mayores de catorce años y menores de dieciocho, dado que sus procesos revisten características especiales. Sin embargo es importante recalcar que el especialista tendrá que tener experiencia también en la especialidad principal en la que se encuadra la conducta (Ver abajo).
Delitos contra las personas
Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico