El derecho de las comunicaciones es una especialidad del derecho administrativo que regula el derecho de las personas al acceso en condiciones de igualdad material a la información y al conocimiento. Permite, además, la libre expresión de la ciudadanía.
Lo podemos desglosar en dos derechos:
Derecho de las telecomunicaciones: Tiene tal relevancia que es una especialidad propia, que incluye la normativa relativa a la radio, internet, publicidad, internet, televisión…y cómo las empresas prestan estos servicios. Existe un órgano de control de estos servicios, la “Secretaria del Estado de las Telecomunicaciones”.
Derecho al servicio postal. No se trata de una especialidad del derecho, sino de un derecho que todos tenemos a comunicarnos por carta. Responde a los principios de cohesión social y territorial, no discriminación por razón de cualquier circunstancia o condición personal, social o geográfica, continuidad, eficacia y eficiencia en el servicio, y adecuarse permanentemente a las condiciones técnicas, económicas, sociales y territoriales y a las necesidades de los usuarios, en particular en materia de densidad de puntos de acceso y de accesibilidad a los mismos, sin menoscabo de su calidad.